Sin Reglamento la Ley de Discapacidad en Tabasco

No hay sanciones para quienes bloquean rampas para minusválidos

Sin reglamento se encuentra la Ley sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad para el Estado de Tabasco por lo cual no pueden aplicarse sanciones para aquellas personas que con sus vehículos bloqueen las rampas para minusválidos pero también que obligue a los gobiernos y los ayuntamientos para que cumplan con la cuota laboral del dos por ciento para este sector vulnerable.

Sin Reglamento la Ley de Discapacidad  en Tabasco

“Las personas con discapacidad seguimos siendo discriminadas en el transporte, en el empleo, para nosotros no hay empleo, y la verdad que yo no entiendo como el sistema estatal de empleo señala que hay 250 personas con discapacidad laborando, y en nuestra asociación civil junto con otras asociaciones no tenemos registrado alguno que esté trabajando”, agregó.

Recordó que en la pasada legislatura estuvieron trabajando por varios meses con los diputados integrantes de la Comisión de Atención para Grupos Vulnerables y personas con Discapacidad que encabezó el diputado Uriel Rivera Ramón; sin embargo, no pasó absolutamente nada Herrera Zapata recordó que en el pasado sexenio se hizo un reglamento pero no tuvo validez y en la actual administración tampoco, se ha realizado alguna normativa que complemente la Ley sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

“Cuando Federico Madrazo iba para diputado en un café, le explique todo lo que necesitamos de la ley y nos dijo que si ganaba como diputado nos iba a buscar a las asociaciones para ver el reglamento de la ley pero hasta ahorita nada, no hay oportunidades laborales”, agregó.

Dentro de la propia ley se establece que luego 30 días siguientes a la publicación del Reglamento de la presente Ley deberá crearse el Subconsejo para el Desarrollo e Inclusión de las Personas con Discapacidad, lo cual no sucedió.

También señala que la ejecución de las obras que el Ejecutivo del Estado y los ayuntamientos deban efectuar para la eliminación de obstáculos viales y urbanos en edificios y vía pública.

Esto obligaba a que los propietarios de inmuebles y prestadores del servicio de transporte, en un plazo que no excederá de dos años contados a partir del inicio de la vigencia de esta Ley, adoptarán paulatinamente las medidas de adecuación necesarias a que se refiere la presente Ley. 

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 ¿Qué se hace en otros países?

> Adaptar una ciudad a las personas con discapacidad supone cuantiosas inversiones

>La ciudad ganadora en 2014 fue Gö- teborg (Suiza), que bajo el lema “Una Ciudad para Todos” está desarrollando un inventario de edificios y espacios públicos para medir la accesibilidad.

>Esto incluye colegios, residencias de ancianos, bibliotecas, museos, instalaciones deportivas, parques etc.

La contabilidad se lleva a través de una base de datos electrónica, la cual está abierta a todos los ciudadanos, de forma que puedan verificar si cierto edificio o espacio público está adaptado a las necesidades concretas de cada uno.

Además, la autoridad de transporte de la ciudad de Göteborg ha desarrollado el Planificador de Viaje, que permite encontrar la forma más adecuada de viajar según las necesidades de accesibilidad concretas de cada persona. 





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