
NOTICIAS
ACTUALIDAD
Avanza castigo a la suplantación de identidad digital; habría hasta 8 años de cárcel
La Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados aprobó reformas al Código Penal Federal para tipificar como delito la suplantación de identidad digital, una práctica que ha aumentado con el uso de herramientas tecnológicas e inteligencia artificial.
El dictamen fue avalado con 24 votos a favor, ninguno en contra y cuatro abstenciones, y propone incorporar un nuevo capítulo denominado "Suplantación de identidad", integrado por los artículos 249 Bis 1, 249 Bis 2, 249 Bis 3 y 249 Bis 4.
¿Qué se considerará suplantación de identidad?
La iniciativa establece que cometerá este delito quien, sin autorización del titular y con el propósito de obtener un beneficio indebido o causar un daño, utilice, transfiera, posea o disponga de datos personales, documentos, contraseñas, firmas electrónicas, datos biométricos, códigos de verificación o cualquier identificador de identidad digital de otra persona.
También se incluyen como medios de autenticación las cuentas o perfiles electrónicos y cualquier mecanismo que permita validar o sustituir la identidad de una persona en entornos físicos o digitales.
En los casos relacionados con el sistema financiero, las sanciones se regirán además por la legislación especializada.
IA y contenido falso también serán sancionados
- La propuesta equipara a la suplantación de identidad conductas como utilizar datos personales de otra persona sin su consentimiento, aunque sean de acceso público; permitir que un tercero suplante la propia identidad con fines ilícitos; aprovechar la homonimia, la similitud física o de voz para engañar a terceros, así como emplear software o sistemas de inteligencia artificial para crear, manipular o difundir imágenes, audios, videos o cualquier otro contenido falso que haga pasar a una persona por otra con fines delictivos.
¿Cuáles serían las sanciones?
La iniciativa establece penas de cuatro a ocho años de prisión, además de multas que van de mil a cinco mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Las penas podrán aumentar hasta en una mitad cuando el delito sea cometido por un servidor público, por personas con conocimientos especializados en informática o telecomunicaciones, cuando exista una relación de confianza con la víctima o si esta pertenece a un grupo vulnerable, como mujeres, adultos mayores, niñas, niños, adolescentes o personas con discapacidad.
Asimismo, se agravará la sanción cuando la conducta afecte la reputación, el historial crediticio, los derechos patrimoniales, políticos o la identidad digital de la víctima.
De ser aprobada por el Pleno y el Senado, la reforma incorporará por primera vez la suplantación de identidad digital como un delito específico en el Código Penal Federal.

DEJA UN COMENTARIO