Piden dar a conocer cantidad de vacunas caducadas contra Covid -19

La Corte confirmó la resolución del INAI que instruyó a la Secretaría de Salud

Piden dar a conocer cantidad de vacunas caducadas contra Covid -19
  • Por unanimidad, el pleno de la  Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), determinó transparentar la información sobre el número de vacunas contra el covid-19 que alcanzaron su fecha de caducidad sin que pudieran ser distribuidas ni aplicadas, avalando así la decisión que tomó sobre este caso el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales ( INAI) en junio del año pasado.
  • Durante la sesión que se celebró este jueves en el pleno de la SCJN, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, dio a conocer que en el considerando VI se propone determinar parcialmente fundado el recurso de revisión, al considerar que en lo relativo al importe económico que representó para México la donación de vacunas a otros países, sí se actualiza la causal de reserva de seguridad nacional, toda vez que esos datos se encuentran relacionados con su costo y este es un concepto pactado como confidencial en los diversos convenios.
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DONACIÓN

Respecto a la información restante sobre las vacunas que México ha recibido en concepto de donación, se trata de datos que el propio Estado Mexicano ha proporcionado a la ciudadanía sobre la cantidad de dosis adquiridas y los tratos de donación que se han celebrado.

Por lo que, en este aspecto, no se actualiza la causal de reserva, especificando que para el valor económico que representó recibir esas donaciones no se actualiza la causal, como sucede en el caso anterior, toda vez que su monto fue de $ 0.00 (cero pesos).

Cabe destacar que esta resolución fue impugnada por la  Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal (CJEF) que alegó que la información requerida se debería mantener en reserva por motivos de seguridad nacional.

En la misma sesión, los ministros avalaron reservar por cinco años la información sobre el valor económico de las vacunas que México donó a otros países, ya que se consideró que en este caso estos datos sí pueden contener datos sensibles.

La propuesta es que lo procedente es revocar parcialmente la resolución impugnada, para efectos de que únicamente se reserve la información relativa al valor económico que representó para el Estado Mexicano la donación de vacunas a otros países es la reserva por un periodo de cinco años.



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