No se anula el testamento de Juan Gabriel; juez rechaza amparo

La demanda de nulidad fue interpuesta por Joao Rosales, quien afirma ser hijo del intérprete de Querida

La Suprema Corte de Justicia de la Nación negó, de manera “contundente y definitiva”, la demanda de nulidad del testamento del cantante Juan Gabriel que interpuso su supuesto hijo, Joao Rosales.

Así lo informó Guillermo Pous Fernández, albacea de la sucesión testamentaria a bienes de Alberto Aguilera Valadez, nombre real del cantautor fallecido el 28 de agosto de 2016, en Estados Unidos.

En un comunicado, el abogado aseveró que con esta decisión se pone fin a las especulaciones sobre la presunta paternidad del creador de temas como “Querida” con Rosales.

También quedan sin sustento las “múltiples y absurdas teorías” con las que se pretendía argumentar que Juan Gabriel estuvo coaccionado o “sin pleno goce y uso de sus facultades” al momento de tomar las decisiones sobre su herencia, e “incluso, de haber sido un documento falso”, señala el documento.

Pous Fernández detalló que “el viernes 8 de marzo del año en curso fuimos notificados por el Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito Judicial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de la resolución del amparo directo relacionado con la demanda de nulidad de testamento”.

Ello, “como consecuencia del juicio constitucional de derechos humanos y garantías interpuesta en la Ciudad de México por parte del señor Joao Rosales, quien igualmente se hace llamar Joao Gabriel Alberto Aguilera”, abundó el comunicado.


“Como era de esperarse y en franco respeto al cumplimiento de la voluntad del maestro don Alberto Aguilera Valadez, conocido artísticamente como Juan Gabriel”, el amparo fue negado “de manera definitiva y contundente”, subrayó.

Pous Fernández agradeció al equipo de abogados que participó en este caso y a los medios de comunicación que informaron de manera objetiva cada uno de los sucesos relacionados con él, además de resaltar que en México se respetan las instituciones y considerar que se evitó “una tropelía jurídica por intereses malintencionados”.