En Michoacán aprueban el “escalón universal” para personas de talla baja

Las autoridades estarán obligadas a mejorar su infraestructura para que las personas con discapacidad puedan desplazarse en condiciones de igualdad

Los diputados locales, aprobaron con 23 votos a favor que todas las instalaciones públicas o privadas de la entidad cuenten con un “Escalón Universal” para que las personas de talla baja tengan alcance en cualquier espacio de la entidad.

La aprobación de la reforma, generó sonrisas y festejos por parte de un grupo de personas de talla baja que asistieron a la sesión para presenciar la determinación de la propuesta.


También los legisladores aprobaron, en lo general y lo particular, sin ningún voto en contra o abstención, que las autoridades estatales estarán obligadas a mejorar su infraestructura para que las personas con discapacidad puedan desplazarse en condiciones de igualdad.

Entre las mejores se incluyen rampas, elevadores o aceras anchas para sillas de ruedas, ya que con ello, este grupo de población podrá disfrutar de todos sus derechos, bienes y servicios en igualdad de circunstancias.

Tras la aprobación de los legisladores locales, los espacios públicos también deberán contar con el “Escalón Universal” para las personas de talla baja, y que consiste en una plataforma, escalón, banco o accesorio horizontal en el que se apoya el pie de forma segura para subir o bajar.

Dicho escalón, puede estar integrado por un peldaño o más, de acuerdo a las necesidades de cada persona de talla baja, así como con una medida no mayor a 10.50 centímetros cada escalón. Asimismo, puede llevar un pasamanos de 47 centímetros de altura tomado desde el piso del escalón.

Durante la sesión ordinaria en el Congreso Local, se informó que la aprobación de la propuesta de decreto, es parte de la reforma al párrafo segundo al artículo 48 de la Ley para la Inclusión de las Personas con Discapacidad en el Estado.

El Artículo 48 de la Ley para la Inclusión de las Personas con Discapacidad en el Estado, quedó de la siguiente manera:

    "Las personas con discapacidad tienen derecho a la accesibilidad universal y a la vivienda, por lo que, en las instalaciones públicas o privadas, para poder permitir el libre desplazamiento en condiciones de igualdad, dignidad y seguridad, se deberán observar las normas, lineamientos y reglamentos que garanticen su accesibilidad"