Desde el pasado 17 de junio está vigente la conocida como "Ley Silla", la cual establece el derecho al descanso durante la jornada laboral. Aunque su entrada en vigor representa un avance en materia de derechos laborales, la norma ha generado incertidumbre respecto a su implementación.
Entre los puntos poco definidos se encuentran la duración de las pausas permitidas y las especificaciones técnicas que deben cumplir los asientos disponibles para los trabajadores.
La falta de precisión sobre aspectos como el tiempo destinado al descanso o las características que deben tener las sillas ha generado complicaciones para la correcta aplicación de la llamada "Ley Silla", advierte un abogado especialista en compliance laboral.
Aunque existe voluntad por parte de muchas empresas para cumplir con la nueva norma, la ambigüedad en ciertos elementos representa un obstáculo.
La reforma, incorporada a la Ley Federal del Trabajo (LFT), reconoce el derecho de las personas trabajadoras a realizar pausas durante su jornada, obliga a los empleadores a proporcionar asientos con respaldo adecuados para el descanso periódico y prohíbe que los servicios se presten de forma continua en posición de pie.
Por su parte, Marité Villanueva, abogada laboral y asesora en Recursos Humanos, también señala que persisten dudas específicas sobre cómo debe aplicarse esta disposición. Destaca que es crucial contar con lineamientos claros, ya que el propósito de la reforma es prevenir riesgos laborales y proteger la salud del personal.
Con la entrada en vigor de la reforma, se estableció un plazo de 30 días para que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) emita la normativa correspondiente que permita su adecuada implementación.
De acuerdo con Heberardo González, lo más recomendable en este contexto es que las empresas inicien una reestructuración de su reglamento interior de trabajo. Más que limitarse a una actualización conforme a la Ley Silla, el objetivo debe ser integrar políticas internas que estén en sintonía con los principios de derechos humanos universales.
Otros plazosAdemás, la Ley Silla contempla un periodo de 180 días para que las empresas realicen los ajustes necesarios en su normativa interna y puedan cumplir con las nuevas disposiciones.
Aunque el derecho al descanso y la obligación de proporcionar sillas ya son exigibles, la diputada Patricia Mercado, promotora de la reforma, ha señalado que por el momento no son sancionables.
La diputada Patricia Mercado hizo esta aclaración en medio de la controversia por la exigencia del cumplimiento de la Ley Silla a partir del 14 de diciembre, fecha en la que concluye el plazo de 180 días para que las empresas adapten sus políticas internas.
Algunos sectores argumentan que, sin la actualización de esta normativa, no existen reglas claras para aplicar la reforma.