A partir del 1 de julio de 2026, los monopatines eléctricos y motocicletas eléctricas de mayor velocidad que se comercialicen en la Ciudad de México deberán cumplir con un nuevo requisito obligatorio: contar con placas y estar inscritos en un registro oficial.
- Esta disposición forma parte de una actualización a las normas de movilidad impulsada por el gobierno capitalino, con el objetivo de establecer mayor control sobre este tipo de vehículos que han crecido de manera acelerada en los últimos años.
Quienes ya poseen estos vehículos también deberán adaptarse a la nueva regulación. Las autoridades establecieron un periodo que va del 1 de julio al 20 de noviembre para realizar el trámite correspondiente de registro y emplacamiento.
No obstante, las sanciones comenzarán a aplicarse de manera progresiva a partir del 1 de septiembre, por lo que se espera que los usuarios regularicen su situación antes de esa fecha para evitar multas.
La jefa de Gobierno, Clara Brugada Molina, explicó que estos cambios buscan principalmente mejorar la seguridad vial y cerrar los vacíos legales que han permitido la circulación desordenada de estos vehículos.
Señaló que el incremento en su uso ha generado conflictos en distintos espacios públicos, como banquetas, ciclovías y avenidas principales, lo que hace necesario establecer reglas claras para su operación.
Por su parte, el secretario de Movilidad, Héctor Ulises García Nieto, detalló que la regulación se aplicará a los llamados Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE). Estos son aquellos que pueden superar los 25 kilómetros por hora y que cuentan con motores cuya potencia oscila entre 250 watts y 1.34 caballos de fuerza.
Para facilitar su control, la normativa los divide en dos categorías: tipo A, que incluye unidades con un peso menor a 35 kilogramos, y tipo B, que contempla vehículos de hasta 350 kilogramos.
Ambos tipos deberán portar placas visibles y sus conductores estarán obligados a tramitar una licencia de conducir tipo A1 o A2, similares a las que se requieren para motocicletas.
Además, se establecen nuevas reglas de circulación: quedará prohibido utilizar estos vehículos en banquetas, ciclovías, carriles exclusivos de transporte público y en vías donde el límite de velocidad supere los 50 kilómetros por hora. También será obligatorio el uso de casco y se sancionará conducir bajo los efectos del alcohol.
Las autoridades han enfatizado que estas reformas no tienen un fin recaudatorio, sino que buscan proteger a los usuarios más vulnerables de la vía, como peatones, ciclistas y pasajeros del transporte público, siguiendo el principio de la pirámide de movilidad.
En materia de sanciones, el secretario de Seguridad Ciudadana, Pablo Vázquez Camacho, indicó que las multas irán de 10 a 20 Unidades de Medida y Actualización (UMAs), lo que equivale aproximadamente a entre mil 175 y 2 mil 350 pesos, dependiendo de la gravedad de la infracción y si existe reincidencia.
Actualmente, se estima que más de 200 mil vehículos eléctricos personales circulan en la zona metropolitana, aunque no existe un registro oficial que permita conocer con precisión su número.
Con la implementación de esta nueva normativa, el gobierno capitalino busca, por primera vez, contar con un padrón confiable y garantizar una convivencia más ordenada y segura entre todos los actores de la movilidad urbana.