Prohíben incinerar cuerpos no identificados de personas con COVID-19

Las autoridades deben facilitar la trazabilidad de los cuerpos identificados como no identificados

Este viernes se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo firmado por la secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, y el secretario de Salud, Jorge Alcocer Varela, el acuerdo por el que se prohibe la incineración de cuerpos no identificados e identificados no reclamados fallecidos a consecuencia de la enfermedad por el virus Sars-CoV2, y se sugieren medidas para el registro de las defunciones en el marco de la emergencia sanitaria.

De acuerdo con el documento, las autoridades deben facilitar la trazabilidad de los cuerpos identificados como no identificados, mediante el uso de tumbas individuales o fosas específicas para casos sospechosos o confirmados de covid-19, las cuales deben estar claramente marcadas y con la especificación de que se trata de una persona qye murió a causa del virus Sars-CoV2.

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En estos casos, los cuerpos de las personas que mueran por coronavirus y que no sean reclamados serán inhumados en las fosas comunes que ya existen; sin embargo, no podrán ser exhumados hasta que hayan transcurrido 180 días.

En el documento se indicó que la Secretaría de Salud contará con un sistema centralizado de manejo de información que  incluirá datos de todas las personas a las que se les brinde servicio de hospitalización de covid-19, incluidos los datos de las personas fallecidas.