- Con la llegada de mayo, también inicia un periodo muy esperado por los trabajadores formales en México: el reparto anual de utilidades. Esta prestación, establecida por la ley laboral, representa un ingreso adicional relevante que contribuye al bienestar económico de numerosas familias.
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) recordó que este derecho no puede ser anulado, sustituido por productos, ni condicionado bajo ninguna circunstancia. Todas las empresas registradas legalmente en el país están obligadas a realizar este pago de manera oportuna y conforme a lo estipulado por la normativa.
¿QUÉ SON LAS UTILIDADES Y POR QUÉ SE REPARTEN?- Las utilidades, también conocidas como Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), representan una parte de las ganancias anuales que las empresas deben compartir con sus empleados. Este derecho está respaldado por el Artículo 123, apartado A, fracción IX de la Constitución, así como por el Artículo 120 de la Ley Federal del Trabajo.
Su objetivo es que los trabajadores también obtengan beneficios de los logros financieros de las empresas a las que contribuyen.
¿CUÁL ES EL PORCENTAJE QUE DEBEN DISTRIBUIR LAS EMPRESAS?- La ley establece que las empresas deben destinar el 10% de sus utilidades netas declaradas al reparto. Esta cantidad se calcula con base en la información presentada al Servicio de Administración Tributaria (SAT) en la declaración anual de impuestos realizada en marzo.
Fechas importantes para recibir el pago:
- Trabajadores de empresas (personas morales): a más tardar el 30 de mayo.
- Trabajadores de personas físicas (patrones individuales): a más tardar el 29 de junio.
El monto total a distribuir se divide en dos partes:
La primera se reparte en proporción a los días trabajados durante el año, sin considerar el salario.
La segunda se calcula en función del salario percibido en ese mismo periodo.
¿QUÉ SALARIO SE TOMA EN CUENTA?Se considera únicamente el salario base diario, sin incluir pagos adicionales como horas extras, comisiones, bonos o primas. En el caso de trabajadores con sueldos variables, se utiliza un promedio anual. Para empleados de confianza, se toma como base el salario más alto entre los trabajadores de base o sindicalizados, sumándole un 20%.
¿QUIÉN TIENE DERECHO A RECIBIR UTILIDADES?Todos los empleados subordinados, ya sea que trabajen para personas físicas o morales y que perciban un salario, tienen derecho a esta prestación. Esto incluye a trabajadores permanentes, eventuales y sindicalizados.