Promulgada la 'ley antipirataje' en Diario Oficial

Contempla cárcel a quien conduzca unidades sin permisos o ilegales

Se publicó en el periódico oficial del Gobierno del Estado la “Ley Antipirataje”, la cual determina sanciones penales que van desde los 6 a los 10 años para aquellos que conduzcan unidades del transporte público que no cuentan con permisos y autorización.

La publicación se llevó a cabo el pasado sábado y se realizó con el paquete de reformas que envió el gobernador del estado Adán Augusto López Hernández al Congreso del Estado y que aprobaron junto con la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Tabasco y sus Municipios, Ley de Protección a Niños y Niñas, además de las reformas al código penal, en la cual se tipifica el delito de prestación indebida del servicio del transporte público y que fue propuesta por el diputado José Concepción García González.

En su momento, el Poder Legislativo refirió que con esta reforma se da un paso contra la delincuencia, garantizando a los usuarios del transporte público, un servicio seguro y en óptimas condiciones, además que se otorga seguridad y certeza jurídica a los titulares de concesiones y permisos.

De acuerdo a la Ley Antipirataje, se explica que será sancionada al que por sí o por interpósita preste el servicio de transporte público de pasajeros en cualquiera de sus modalidades sin contar con la concesión, autorización o permiso de la autoridad.