Inicia veda electoral

Este 4 de febrero se lanza la convocatoria del ejercicio democrático, en el cual la ciudadanía decidirá si sigue o no el presidente López Obrador

A partir de este día hasta el 10 de abril, entra veda electoral por el proceso de Revocación de Mandato, proceso que se llevará a cabo por primera vez en el país, para que los mexicanos determinen si revocan el mandato del Presidente de México o no, por la pérdida de confianza. 

Inicia veda electoral

Esto, desde la emisión de la convocatoria y hasta el día de la jornada de Revocación de Mandato, lo cual contempla cualquier orden de gobierno en los medios de comunicación, incluyendo redes sociales y contenidos impresos. 

Durante este periodo, sólo se permiten campañas de servicios educativos, de salud y las de protección civil en cargos de emergencia. 

El Artículo 33 de la Ley Federal de Revocación de Mandato, establece que ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en la opinión de las y los ciudadanos sobre la Revocación de Mandato

El Instituto ordenará la cancelación de cualquier propaganda e iniciará el proceso de sanción que corresponda.

Durante el tiempo que comprende el proceso de Revocación de Mandato, desde la emisión de la Convocatoria y hasta la conclusión de la jornada de votación, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación de toda propaganda gubernamental de cualquier or- den de gobierno. 

El Artículo 34, señala que durante los tres días naturales anteriores a la jornada de revocación de mandato y hasta el cierre oficial de las casillas que se encuentren en las zonas de usos horarios más occidentales del territorio nacional, queda prohibida la publicación o difusión de encuestas, total o parcial, que tengan por objeto dar a conocer las preferencias de las y los ciudadanos o cualquier otro acto de difusión. 

INE será la única autoridad que promoverá el ejercicio de Revocación de Mandato y de acuerdo al Artículo 35 de la Constitución Política Mexicana “El Instituto y los Organismos Públicos Locales, según corresponda, promoverán la participación ciudadana y serán la única instancia a cargo de la difusión de los mismos. La promoción será objetiva, imparcial y con fines informativos. Ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en la opinión de los ciudadanos y ciudadanas”.

De acuerdo con el INE, se prohibe:

  • Actos de campaña y proselitismo electoral.
  • Todo tipo de propaganda electoral (en este caso a  favor o en contra de la Revocación de Mandato).
  • Propaganda gubernamental (A excepción de campañas de salud, educación y protección civil).

SE PROHIBE ENCUESTAS: 

Durante los tres días naturales anteriores a la jornada de revocación de mandato y hasta el cierre oficial de las casillas.

  

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