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02/07/202509:30 a.m.Autor: Agencias Editor: Agencias

Ley Silla genera confusión: ¿cuánto tiempo se puede descansar?


El vacío normativo en la Ley Silla abre debates sobre su aplicación en centros de trabajo.

Ley Silla genera confusión

Desde el pasado 17 de junio está vigente la conocida como "Ley Silla", la cual establece el derecho al descanso durante la jornada laboral. Aunque su entrada en vigor representa un avance en materia de derechos laborales, la norma ha generado incertidumbre respecto a su implementación.

Entre los puntos poco definidos se encuentran la duración de las pausas permitidas y las especificaciones técnicas que deben cumplir los asientos disponibles para los trabajadores.

"Hay aspectos muy ambiguos y no podemos sujetarlos a la tradicional interpretación de la norma, como históricamente se ha manejado el derecho. No menciona tiempo para el descanso, y eso ha generado un coctel de incertidumbre, y esperamos que pueda subsanarse antes del 17 de julio, que es la fecha que tiene la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para emitir los lineamientos", dice Heberardo González Garza, presidente de Coparmex Reynosa.

La falta de precisión sobre aspectos como el tiempo destinado al descanso o las características que deben tener las sillas ha generado complicaciones para la correcta aplicación de la llamada "Ley Silla", advierte un abogado especialista en compliance laboral.

Aunque existe voluntad por parte de muchas empresas para cumplir con la nueva norma, la ambigüedad en ciertos elementos representa un obstáculo.

La reforma, incorporada a la Ley Federal del Trabajo (LFT), reconoce el derecho de las personas trabajadoras a realizar pausas durante su jornada, obliga a los empleadores a proporcionar asientos con respaldo adecuados para el descanso periódico y prohíbe que los servicios se presten de forma continua en posición de pie.

Por su parte, Marité Villanueva, abogada laboral y asesora en Recursos Humanos, también señala que persisten dudas específicas sobre cómo debe aplicarse esta disposición. Destaca que es crucial contar con lineamientos claros, ya que el propósito de la reforma es prevenir riesgos laborales y proteger la salud del personal.

"Definir el tiempo de descanso parece sencillo, pero operativamente en algunas industrias implica un diseño y una reorganización para no afectar sus procesos operativos. Esta es una de las grandes angustias de las empresas, muchas están de brazos cruzados porque no saben qué tanto les impacta en escalonamiento de jornadas o en el aspecto económico, con el tipo de sillas que deben adquirir o si se destinará un espacio fijo en las instalaciones", apunta la especialista.

Con la entrada en vigor de la reforma, se estableció un plazo de 30 días para que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) emita la normativa correspondiente que permita su adecuada implementación.

"Cómo cumplimos con algo sin tener todos los detalles y cómo invertimos en algo que igual no será funcional cuando se emitan las recomendaciones", puntualiza Marité Villanueva.

De acuerdo con Heberardo González, lo más recomendable en este contexto es que las empresas inicien una reestructuración de su reglamento interior de trabajo. Más que limitarse a una actualización conforme a la Ley Silla, el objetivo debe ser integrar políticas internas que estén en sintonía con los principios de derechos humanos universales.

"Tenemos que construir reglamentos que sean matrices para consolidar los derechos humanos en las empresas, y tiene que ser una labor integral para que no solo modifiquemos el reglamento cuando una reforma nos lo pida. La alineación con los derechos humanos permitirá no trabajar doble y estar bien plantados para las siguientes propuestas que surjan", afirma.

Otros plazos

Además, la Ley Silla contempla un periodo de 180 días para que las empresas realicen los ajustes necesarios en su normativa interna y puedan cumplir con las nuevas disposiciones.

Aunque el derecho al descanso y la obligación de proporcionar sillas ya son exigibles, la diputada Patricia Mercado, promotora de la reforma, ha señalado que por el momento no son sancionables.

"Las sillas deben estar disponibles ya en los centros laborales, aunque en los siguientes meses o días vayan adecuando sus reglamentos internos donde van a detallar, por ejemplo, cómo serán los roles de descanso en una fábrica para que no pare la línea de producción o en qué área y momentos se permitirán los descansos en un restaurante", explicó en su cuenta de X.
 

La diputada Patricia Mercado hizo esta aclaración en medio de la controversia por la exigencia del cumplimiento de la Ley Silla a partir del 14 de diciembre, fecha en la que concluye el plazo de 180 días para que las empresas adapten sus políticas internas.

Algunos sectores argumentan que, sin la actualización de esta normativa, no existen reglas claras para aplicar la reforma.





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