Qué estará permitido y qué no ante la regulación de la marihuana en México

Mientras la cámara de diputados revisa el dictamen emanado del senado mexicano, estos son los puntos clave de la propuesta de regularización

El pasado 19 de noviembre de 2020 el senado de la república aprobó, en lo general, el dictamen para la regulación del cannabis en México, con 82 votos a favor, 18 en contra y siete abstenciones. Aunque dicho dictamen aún debe pasar por la cámara de diputados y, en última instancia, por el presidente Andrés Manuel López Obrador, sus alcances ya comienzan a discutirse a nivel social. A continuación, NotiPress explica qué estará permitido y qué no de aprobarse el dictamen del senado sobre el uso de la marihuana

Qué estará permitido y qué no ante la regulación de la marihuana en México

Quienes deseen tener acceso a la planta podrán hacerlo a través de la compra en establecimientos autorizados por el IMRCC. También a través del cultivo personal. El dictamen contempla que una persona viviendo sola tenga permitida la posesión de seis plantas. Esta cifra aumenta a ocho de haber dos consumidores viviendo en el mismo hogar. No obstante, los consumidores estarán obligados a llevar a cabo modificaciones en la vivienda para evitar la ingesta del humo por parte de personas no consumidoras. 

También se tiene contemplado también la necesidad de licencias para actividades como el cultivo, la transformación, la comercialización, la exportación y la importación. Igualmente se podrán autorizar la creación de clubes de consumo recreativo, con un máximo de 20 asociados y permiso para hasta cuatro plantas por cada uno de ellos. No obstante, tendrán prohibido todo tipo de promoción de su producto. En cuanto al uso medicinal, se tiene contemplado permitir investigaciones relacionadas con el uso terapéutico, paliativo y farmacéutico de la planta. 

Cabe mencionar que el dictamen prohibirá el consumo de cannabis en áreas donde esté prohibido el humo de tabaco, así como en lugares de trabajo, sin importar si es público o privado. En establecimientos comerciales, escuelas e instalaciones gubernamentales también estará prohibido su uso. Igualmente en lugares de concurrencia masiva o cualquier otro donde se exponga a las personas al humo de segunda mano, incluso si se trata de espacios abiertos. El dictamen también prohibirá el ofrecer gratuitamente la marihuana.

Si bien el dictamen no contempla la despenalización de la posesión simple de marihuana, permitirá a los individuos la posesión de hasta 28 gramos de cannabis (actualmente se permiten 5 gramos). Las multas para quien supere esta cantidad oscilarán entre los 5 mil y 10 mil 500 pesos; si la posesión supera los 200 gramos se podrá castigar hasta seis años de prisión. De igual forma, se plantean multas y arresto de 12 a 36 horas para quien, bajo los efectos de la sustancia, conduzca vehículos u opere maquinaria capaz de causar peligro.

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Debido principalmente a la no despenalización del consumo simple, la propuesta de la cámara de senadores ha causado controversia. La asociación civil Mexicanos Unidos Contra la Delincuencia ha enviado a la cámara de diputados una petición para modificar la minuta emanada del senado mexicano. En ella piden eliminar las disposiciones que aún consideran como delincuentes a las personas usuarias y poseedoras, según expresan en un comunicado emitido el 2 de diciembre. Según datos del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), en México, el 41% de los presos federales a causa de delitos de drogas fue detenido con sustancias ilícitas con un valor inferior a los $500.

Ya que aún no se completa el proceso de legalización de la marihuana es importante conocer qué permite y qué prohíbe el dictamen de regularización del cannabis de la cámara de senadores. Esto con el fin de asegurarse de no quebrantar la ley con su consumo recreativo, pero también para exigir un regulación la cual también despenalice su posesión, como recomiendan organizaciones civiles y otros expertos en la materia.



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