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10/07/202506:00 p.m.Autor: Agencias Fuente: Agencias

Medida excepcional de la SCJN


La Suprema Corte de Justicia de la Nación aprueba retirar fondos de AFORE para pensión alimenticia en desempleo.

SIN PRETEXTOS

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó una medida excepcional que permite retirar hasta el 10 % de los fondos de ahorro para el retiro (AFORE) de personas que tengan adeudos por pensión alimenticia a menores de edad, siempre que se encuentren en situación de desempleo y sin otros recursos disponibles.

  • La resolución, aprobada por unanimidad por la Primera Sala, fue impulsada por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, y establece que los jueces podrán autorizar el embargo parcial de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, en proporción equivalente a lo que el trabajador podría retirar voluntariamente por desempleo.

¿Qué implica esta decisión?

La medida no modifica el artículo 79 de la Ley del SAR, que prohíbe embargos sobre subcuentas de retiro, pero permite su interpretación excepcional en casos de pensión alimenticia.

El retiro autorizado no podrá exceder el 10 % del saldo de la subcuenta, o el equivalente a 75 días del sueldo básico del trabajador en los últimos cinco años, lo que ocurra primero.

Antes de embargar la subcuenta, el juez deberá verificar si existen aportaciones voluntarias, las cuales serán embargadas primero si exceden el límite legal.

El objetivo es garantizar el derecho de niñas, niños y adolescentes a recibir alimentos, incluso cuando el deudor alimentario esté desempleado.

"No hay impedimento para que se embargue en la misma proporción en que el trabajador desempleado podría disponer voluntariamente de esos recursos", señala la resolución.

Un parteaguas en la justicia familiar

La Corte subrayó que el interés superior de la niñez debe prevalecer sobre cualquier otra consideración económica o legal, y que esta medida no exime al deudor de buscar empleo ni de cumplir con su obligación alimentaria a largo plazo.


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