Cuadernos de la pandemia MORIR SIN VELORIO…… Y SIN MÚSICA.

Cuadernos de la pandemia MORIR SIN VELORIO…… Y SIN MÚSICA.

“Polvo eres y en polvo te convertirás”, solía decirme mi padre en mis cumpleaños de infancia, para así recordarme de aquella  cita bíblica que alude a nuestra  volátil condición humana. Y hoy esa frase está más presente que nunca con las nuevas reglas impuestas por las autoridades sanitarias por los efectos funestos de la pandemia del coronavirus. 

 Y así, al “quédate en casa”, “lávate las manos”, “usa cubrebocas” y otras medidas preventivas tomadas a nivel mundial para mitigar y /o contener el avance incontenible de este virus, primero el gobierno del estado de Oaxaca y, luego, el gobierno federal, definieron y elevaron a rango de ley las reglas a los cuales tendrán que ajustarse particulares, autoridades sanitarias, funerarias y autoridades de los tres niveles para “el manejo seguro, traslado y disposición final” de los cuerpos de las personas fallecidas por efecto del coronavirus. 

En un extra del Periódico Oficial de la entidad, publicado el 8 de abril, los Servicios de Salud de Oaxaca publicaron estos lineamientos  que constituyen, a final de cuentas, la segunda parte de  las reglas no escritas ya aplicadas desde hace poco más de dos meses para morir en una nada sacrosanta paz, sin las auxilios espirituales de antes, sin los santos óleos y sin misa de por medio (para la mayoría católica); a los que ahora hay que sumar la prohibición para que el cuerpo sea velado en funeraria o en el domicilio del difunto, que tampoco sea embalsamado ni se le practique autopsia y para que de inmediato sea inhumado o cremado.

 ¿Y qué dicen los lineamientos para quienes fallecen por haber enfermado de  coronavirus? 

Fuera de otras medidas sanitarias ya contempladas en la Ley General de Salud,  las nuevas reglas que desde el 8 de abril estarían aplicando en las 8 regiones de Oaxaca, establecen:

1. Guardar el cadáver en “bolsa sanitaria con cierre hermético y plastificado”. 

2. No embalsamar el cuerpo.

3. De inmediato inhumarlo o  cremarlo.

4. Evitar el contacto visual o físico con el cadáver por parte de familiares o amigos. 

5. Abstenerse de velar el cuerpo en funerarias o domicilios particulares.

6. Dispensar la autopsia o los trámites de ley ante autoridades del MP y la Fiscalía General del Estado.

7. Y para los migrantes: donde murieron ahí se quedan porque queda prohibido su transportación por vía aérea o terrestre. (Extra del Periódico Oficial, Oaxaca de Juárez, Oaxaca,  abril 8 del 2020).

Días después, el 17 de abril, el gobierno federal publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto para prohibir la incineración “de cuerpos no identificados o identificados, no reclamados y fallecidos” a consecuencia del Covid-19.

Sin embargo, y volviendo al Acuerdo de las autoridades de los Servicios de Salud de Oaxaca, éstas también debieran considerar revisar y precisar el alcance de dos de los artículos de su Acuerdo tomando en cuenta que en la mayoría de  los 570 municipios de la entidad no se cuenta con funerarias, tampoco insumos requeridos en el Acuerdo para la manipulación y manejo de cadáveres (por ejemplo,  bolsas sanitarias con cierre hermético y plastificado),  ni con personal médico que los oriente y en donde, además, ni siquiera las autoridades municipales están capacitadas  para aplicar estas normas excepcionales. Y aun así se pretende sancionarlas. 

“Artículo 17. Las Autoridades Municipales colaborarán adoptando medidas sanitarias durante la inhumación sin discriminación alguna, así como dar el seguimiento al cumplimiento de los presentes Lineamientos”.

“Artículo 4. “Quienes contravengan a lo dispuesto en los presentes Lineamientos serán acreedores de las sanciones correspondientes”. 

Es cierto que el coronavirus no llegará a los 570 municipios y, según estimaciones preliminares de SSO, se extendería a 49, fundamentalmente de Valles Centrales, Mixteca e Istmo.  No obstante, es recomendable asegurar que las medidas acordadas se cumplan y, por otro lado, que  por lo menos a cada una de las autoridades sanitarias o municipales de los 49 municipios en riesgo  se les dote de los insumos requeridos en el Acuerdo ya comentado.

Por lo demás es indudable que las históricas costumbres y ritos religiosos y paganos que caracterizaban a nuestros pueblos para darles el último adiós a sus deudos tendrán que modificarse, total o parcialmente.  

Por ejemplo, los velorios de cuerpo presente, acompañados generalmente –sobre todo en los pueblos- de rezos, música y servicios de alimentación a los hombres y mujeres que solían acompañar a los dolientes, y que por lo menos duraban dos días y hasta más. Los novenarios supongo que sí porque estos se llevan a cabo generalmente en domicilios particulares, pero bajo estrictos controles sanitarios y con la presencia simbólica de familiares. Y esto siempre y cuando las autoridades municipales lo permitan.

Y al prohibirse los velorios y apresurarse la inhumación y/o cremación también desaparecen las misas de cuerpo presente, una costumbre altamente arraigada entre la población católica.

Con tan severas restricciones, impuestas por los altos riesgos de contagio del coronavirus, es indudable que los ritos paganos y religiosos (que congregaban a decenas y centenares de personas en las funerarias, casas particulares y en los cortejos fúnebres)  tendrán que modificarse,  ideando nuevas formas, materiales y espirituales,  para despedir a distancia a nuestros familiares y amigos porque, con o sin pandemia, es un hecho que la convivencia humana ya no será la misma y tampoco lo será la forma de despedir y recordar a nuestros muertos. (“Cuadernos de la pandemia” es una publicación elaborada por periodistas, académicos e investigadores en la ciudad de Oaxaca).