¿Y la democracia…?

¿Qué pecado cometió el Árbitro Electoral más allá de defender su naturaleza constitucional de organizar elecciones democráticas, apegadas a los Principios Rectores de «Certeza, Legalidad, Imparcialidad, Independencia, Objetividad y Máxima Publicidad»?

¿Qué pecado cometió el Árbitro Electoral más allá de defender su naturaleza constitucional de organizar elecciones democráticas, apegadas a los Principios Rectores de «Certeza, Legalidad, Imparcialidad, Independencia, Objetividad y Máxima Publicidad»? Un Sistema Nacional de Elecciones gestado por la Reforma del 10 de febrero de 2014 que asumió su función pública. Podrá ser discutible si es o no caro, pero no se le puede reprochar que las 330 Procesos Electivos se llevaron a cabo apegados a los Principios Rectores.

El INE sobre el entramado del Sistema Nacional de Elecciones reglamenta además la vida interna al institutos en las 32 entidades federativas, los denominados Órganos Públicos Locales, que para integrar las respectivas Consejerías Electorales  se realizan por una convocatoria pública de selección y designación, aplicado un examen técnico y de competencias, elaboración de un ensayo, revisión curricular y la entrevista, para que al cabo de etapas el Consejo General en sesión emite el Acuerdo en el que se inscriben los nombramientos.

El mismo procedimiento lo llevan a cabo ahora el Comité Técnico de la Cámara de Diputados, aunque esta vez formado con evidente inclinación hacia el régimen, para filtrar y configurar las 4 quintetas de aspirantes a cubrir las vacantes que dejarán este 3 de abril Lorenzo Córdova Vianello, Ciro Murayama Rendón, Adriana Margarita Favela Herrera y José Roberto Ruiz Saldaña, al concluir su período inaplazable de 9 años.

El Árbitro Electoral, sin embargo, así como nombra consejerías electorales igual tiene la autoridad para removerlos, como en Chiapas por incumplir con el principio de paridad de género en el registro de candidaturas durante el Proceso Electoral 2014-2015, que de origen fue de 3 integrantes, pero el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación solicitó la remoción de todos.

También destituyó del cargo de consejera presidenta Guillermina Vázquez Benítez y al consejero Francisco Martínez Ballesteros del Instituto Electoral del Estado de Hidalgo, por vulnerar los principios de certeza y máxima publicidad durante las elecciones celebradas el 18 octubre de 2020, en la etapa de resultados electorales.

El Pacto por México firmado el 2 de diciembre de 2012 por el presidente Enrique Peña Nieto con Acción Nacional y el PRD, incluyó una nueva Reforma Electoral que gestó en el Congreso de la Unión las reglas del juego democrático, atribuyendo al Árbitro Electoral la integración de las consejerías de los Organismos Públicos Locales, cuando hasta antes de 2014 esta función estuvo en el ámbito de la facultade de las cámaras de diputados, las cuales se repartían el botín por cuotas y cuates entre bancadas de partidos políticos.

Bajo este paraguas auténticamente se configuró el mecanismo técnico para democratizar a la Autoridad Superior de Dirección del Sistema Nacional de Elecciones; al Consejo General Instituto Nacional Electoral y de los 32 Organismos Públicos Locales por competencias y capacidades, quienes están mandatados a garantizar la vigencia de los Principios Rectores de «Certeza, Legalidad, Imparcialidad, Independencia, Objetividad y Máxima Publicidad».

Si la Suprema Corte de Justicia de la Nación no invalida el «Plan B» de las Reformas a Leyes Electorales, por su evidente violación constitucional, el 2 de junio de 2024 no habría condiciones para elegir por voluntad popular a la Presidencia de la República ni al Congreso de la Unión, senadurías y diputaciones, en concurrencia con los procesos locales para renovar gubernaturas y/o alcaldías y/o legislaturas estatales.     

Por supuesto que «sí calienta» al Régimen de la Cuarta Transformación que este 26 de febrero de 2023 una incalculable multitud haya copado absolutamente y en calles colaterales, que principalmente en voz del ministro en retiro José Ramón Cosío exhortó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación a asumirse como depositario del control de constitucional, para emitir una sentencia que haga sentido con la democracia que exigen la elecciones de las Autoridades Públicas de Gobierno, federal y locales…     

Bitácora

«El minuto tiene también 60 segundos» … prohibido el plagio  

eduhdez@yahoo.com