La novedosa elección de las consejerías del INE
A diferencia de las anteriores designaciones de consejeras y consejeros del Instituto Nacional Electoral y de su antecesor el Instituto Federal Electoral
A diferencia de las anteriores designaciones de consejeras y consejeros del Instituto Nacional Electoral y de su antecesor el Instituto Federal Electoral, ahora, dos hechos relevantes marcan a las realizadas la semana pasada por la Cámara de Diputados: el primero, que la presidencia del INE a partir de hoy y hasta el 3 de abril de 2032 será ocupada por una mujer, Guadalupe Taddei, con 30 años de experiencia electoral y el segundo, que su designación como la de sus demás compañeros y compañera, Jorge Montaño, Rita Bell y Arturo Castillo, la decidió como decía Maquiavelo, la fortuna, es decir, la suerte, mediante sorteo en cada caso, de una quinteta.
Ambos sucesos fueron producto del disenso, el primero derivado de la decisión de la Cámara de Diputados de que la quinteta de donde saldría la o el titular de la presidencia, fuera híbrida, donde figurarían hombres y mujeres, la cual modificó la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, al resolver que fuera integrada únicamente por mujeres, dado que la determinación primigenia no garantizaba la llegada de una mujer, razón por la cual, hoy tenemos presidenta, y el segundo, dimana de la falta de acuerdos de los integrantes de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, para nominar a una y a uno de cada una de las quintetas que le envió el Comité Técnico de Evaluación.
El sorteo es un recurso previsto en la ley para este caso, ante la eventualidad de que las partes no alcancen acuerdos, a fin de evitar que se atrofie o impida el buen funcionamiento de la máxima institución electoral del país; lo cual, no implica necesariamente, falta de oficio político en quienes recae la responsabilidad de tomar esas decisiones, sino que hay situaciones en las que los acuerdos no se alcanzan porque no satisfacen las expectativas de quienes cuyas decisiones pesan más y en sus cálculos alguno o algunos de ellos, abrigan la esperanza de ganar en el azar.
El acuerdo permite a las partes fundamentales que toman decisiones, ver colmadas sus pretensiones o por lo menos satisfechas en parte; mientras que el sorteo con otras virtudes, resuelve el problema mediante la suerte y en esa medida, libera de sospecha de cualquier paternidad que pretenda atribuirse a quienes resultan electos, al no ser producto la elección de la voluntad de dos o más en particular o de todos los involucrados en las decisiones.
De todos los organismos colegiados, la elección de las consejerías del INE es la única en la que se contempla la utilización del sorteo, como método último para ese efecto, en virtud de que el ejercicio de consejero y consejera, aunque no muchos lo saben, es de gran responsabilidad, delicadeza y sensibilidad política y social, porque en ellos descansa la tarea de organizar y establecer medidas cautelares en las elecciones de las que emerge de manera directa la integración de los poderes Ejecutivo y Legislativo y de forma indirecta la del Poder Judicial, observando en todo momento los principios rectores de la función electoral: legalidad, certeza, independencia, imparcialidad, objetividad y máxima publicidad.
De esa manera se integra el poder político, cuya actividad tiene repercusiones no solamente en la esfera propiamente política sino también en la social y la económica. Cada decisión del poder político tiene incidencia en la vida pública y en la vida privada, reguladas por el derecho.
Esa responsabilidad es la que por lo general no se valora cuando se habla de los supuestos excesivos salarios de las consejerías, que no son los más altos en el servicio público, como tampoco se alude que, al dejar el cargo, las y los titulares de las consejerías están impedidos de formar parte, durante dos años, de los gobiernos emanados de las elecciones que organizaron y arbitraron; lo que es saludable para evitar cualquier tentación.
Lo mismo aplica en su respectivo nivel para las consejerías de las instituciones locales electorales, que igualmente cargan con el mismo sambenito; amén de que les han reducido significativamente prestaciones.
Ambas situaciones convocan a la reflexión.

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