PRD, la política y la legalidad; impugnación de las dirigencias

PRD, la política y la legalidad; impugnación de las dirigencias

*Doble interpretación del mandato del Tribunal Electoral

*Los derechos de la militancia, en compleja construcción

*Inició proceso de destitución o sustitución de Pérez Alvarado

Víctor M. Sámano Labastida

LOS PARTIDOS están sujetos a una legalidad interna (estatutos) y a una externa (las leyes electorales, las normas secundarias y constitucionales). Esto se lo recordó de alguna forma el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) al PRD el 12 de octubre cuando le ordenó que en un plazo máximo de 60 días –antes del 12 de diciembre-, emita la convocatoria para renovar su dirigencia nacional. Resolvió así la queja de un militante partidista.

Habrá que recordar que por una serie de reformas fue subsanada una laguna legal: el derecho de los militantes de los partidos políticos, y la obligación de estos entes públicos a cumplir con sus afiliados. Los dirigentes no pueden actuar arbitrariamente. En el terreno de los derechos entra la posibilidad de votar y ser votado, la prerrogativa de audiencia antes de una sanción, y el cambio de sus directivos en tiempo y forma.

Precisamente esto último es lo que se debate en el partido solaztequista en las fechas recientes. A raíz de una queja de Carlos Sotelo, quien promovió un juicio ciudadano, el TEPJF (Trife) emitió una orden. ¿Debe aplicarse sólo a la renovación del CEN perredista, o también a todas las dirigencias de ese partido? Una interpretación correcta evitará un fraude a la ley. Este debate se complica con la etapa de la selección de candidatos y la construcción de sus alianzas en el Frente tripartita.

OMISIÓN DELIBERADA

DESDE MARZO de este año el Comité Nacional del PRD debió emitir su convocatoria, tanto para renovar la dirigencia nacional como para el relevo en los estados y municipios. El TEPJF determinó que el CEN solaztequista no cumplió –de emitir su convocatoria a tiempo, como lo ordenó la sala superior el 24 de agosto- con la intención de que iniciado el proceso electoral argumentara que la ley le impedía hacer elecciones internas. Esto, dicho sea de paso, facilitaría a las corrientes dominantes imponer a un dirigente por designación.

Ya en julio de este mismo año, los magistrados federales habían censurado la “omisión injustificada” del CEN perredista para emitir su convocatoria para cambiar a todos sus órganos de dirección.

Respecto al argumento del CEN perredista para no cumplir con el mandato, los magistrados concluyeron que las razones como la situación financiera del partido y el inicio del proceso electoral fueron resultado de la conducta asumida precisamente para colocarse en circunstancia de llegar a la supuesta imposibilidad. En este contexto, señaló el TEPJF, la dirigencia perredista vulneró su propia normatividad.

Agarrados en falta, vuelven a caminar en el filo de la legalidad. Interpretaron –mañosamente- que no tenían que cambiar a todo su Comité, sino sólo a Alejandra Barrales, presidente, y Beatriz Mojica, secretaria general, quienes buscarán un cargo de elección.

Esta determinación ya fue impugnada o está en curso de serlo, quedando en riesgo el PRD que nuevamente el tribunal le corrija la plana. Pero no sólo eso, desde septiembre la cúpula solaztequista decidió prolongar un año más las actuales dirigencias estatales y municipales hasta pasado el proceso electoral. También esta interpretación está siendo impugnada.

PUERTA O VENTANA

EN EL CASO de Tabasco, donde su dirigente estatal Candelario Pérez Alvarado es diputado federal y también aspirante a la alcaldía de Centro, la intención inicial del grupo al que pertenece –Alternativa Democrática Nacional que en Tabasco encabeza Juan Manuel Fócil-, fue mantenerlo en el cargo por lo menos hasta enero o principios de febrero del año próximo. Dado que el propio Pérez Alvarado reconoció que el 27 de octubre concluyó su encargo, serían sólo tres meses más. Pero…

No son tres meses cualesquiera. Es un periodo crucial, tiempo en el que se definirán las candidaturas federales y la del gobierno del estado, también una etapa en la que se harán “amarres” y negociaciones para las alcaldías y diputaciones locales.

Adicional a esto, los miembros de una Comisión Jurisdiccional del Partido de la Revolución Democrática (PRD), que encabeza José Trinidad Noriega, aprobaron el sábado un proyecto de dictamen para designar a un dirigente sustituto en respuesta –dijo Lidia Izquierdo Morales- a una demanda de los consejeros estatales. La resolución se anunció luego de que Pérez Alvarado no acudió a los tres citatorios para su defensa. Por su parte Fócil Pérez había desconocido la legalidad de esa instancia jurisdiccional elegida el 14 de octubre reciente.

Se trata de una cuestión de legalidad, explicaron los consejeros Lidia Izquierdo, Noriega Contreras, José Antonio Hernández y Julio Alonso Manzano Rosas; en tanto que Karolina Pech, también integrante de la citada comisión, se abstuvo de votar. El dictamen pasará esta misma semana a un pleno del consejo político estatal donde Pérez Alvarado ya no tiene mayoría.

Son tres los reclamos que, entre otros, le hacen al dirigente en proceso de impugnación: no rendir cuentas periódicas sobre los recursos financieros de su partido, no dedicarse de tiempo completo a sus responsabilidades directivas por ser diputado federal, y pretender –desde su cargo- obtener una candidatura a la alcaldía. No garantiza el “piso parejo” a sus compañeros de partido, señalan.

Tal cuestión ha llegado a tal punto que uno de los involucrados la planteó en estos términos: o Candelario Pérez deja el cargo voluntariamente, con apego a un acuerdo político y sale por la puerta grande, o se espera a ser destituido “con todas las de la ley” y sujeto a cargos que lo pueden inhabilitar.  (vmsamano@yahoo.com.mx)