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Hasta 15 años de prisión a quienes aumenten precios injustificadamente durante emergencias
El Pleno en San Lázaro aprobó los cambios a la ley de forma unánime, con 465 votos a favor, para añadir el artículo 254 Quáter al Código Penal Federal, donde se prevé “aumentar hasta una mitad en su mínimo y máximo la pena que corresponda” a una serie de acciones durante este tipo de emergencias. El dictamen fue enviado al Senado para su discusión y, en su caso, aprobación.
La Cámara de Diputados aprobó este miércoles una reforma al Código Penal federal para añadir multas y castigos de hasta 15 años de prisión para aquellos que, durante emergencias sanitarias, como una pandemia, o desastres naturales, como el paso de un huracán, eleven sin justificación los precios de productos de primera necesidad.
La reforma se refiere al aumento injustificado de precios con respecto a los artículos de consumo necesario, productos de higiene personal, medicamentos e insumos médicos, así como bienes destinados a la prevención de propagación o contagio de enfermedades o cualquier artículo de primera necesidad.
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La iniciativa aprobada también contempla los mismos castigos para quien realice “destrucción indebida de materias primas, productos agrícolas o industriales o medios de producción, que se haga con perjuicio del consumo nacional”.
También incluye a los funcionarios o empleados de cualquiera entidad o dependencia pública que entreguen estos insumos a quienes no tengan derecho a recibirlos o que indebidamente nieguen o retarden la entrega a quienes tienen derecho a recibirlos.
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