A partir de mañana hoteles de Tabasco podrán vender alcohol

Puntualiza que el acuerdo permanecerá vigente hasta que las autoridades sanitarias determinen la inexistencia de las circunstancias extraordinarias que motivaron su expedición

La Secretaría de Finanzas publicó un acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado en el que anuncia que, a partir del próximo lunes 22, se autoriza la venta y consumo de bebidas alcohólicas en envase abierto en hoteles (con excepción de moteles) y restaurantes (con excepción de restaurante-bar), en un horario de 11:00 a 20:00 horas, de lunes a domingo.

A partir de mañana hoteles de Tabasco podrán vender alcohol

El acuerdo advierte que continúa suspendida temporalmente la elaboración, venta y distribución de bebidas alcohólicas en envase abierto en todo el estado, así como en establecimientos que cuentan con licencia de funcionamiento de bar, bar con presentación de espectáculos, casinos, club deportivo y centro de espectáculos. 

La restricción también se mantiene  en cualquier desarrollo turístico y recreativo, discoteca, fábrica de bebidas alcohólicas, restaurante-bar, moteles, inmuebles construidos o habilitados para feria y salón de bailes, con el objetivo de coadyuvar en la mitigación de la dispersión y transmisión del COVID-19.

El documento firmado por el titular de la Secretaría de Finanzas, Said Arminio Mena Oropeza, señala que los hoteles y restaurantes, a los que se refiere el presente acuerdo, solo podrán operar al 50 por ciento de su capacidad de atención al público, siempre que se garantice la sana distancia. 

Dice que los establecimientos que reactiven sus actividades por nivel de riesgo epidemiológico y, en su caso, en el orden cronológico establecido, deberán cumplir con las disposiciones contenidas en los Lineamientos Técnicos Específicos para la Reapertura de las Actividades Económicas, publicados el 29 de mayo pasado, y el Decreto que emite el Plan para la Transición Gradual hacia una Nueva Normalidad y la Reactivación Económica del Estado de Tabasco, publicado el pasado 15 de junio.

El acuerdo también menciona que se autoriza la distribución de bebidas alcohólicas en envase cerrado a partir del lunes 22 de junio, en los establecimientos que cuenten con licencia de funcionamiento de distribuidora, a los negocios que cuenten con licencia de funcionamiento de hotel y restaurante únicamente.

El documento publicado, por el que se emiten las disposiciones complementarias en materia de elaboración, venta y distribución de bebidas alcohólicas al Decreto por el que se emite el Plan para la Transición Gradual hacia una Nueva Normalidad y la Reactivación Económica del Estado de Tabasco tiene vigencia para todo el territorio tabasqueño.

Indica que la vigilancia y aplicación del presente acuerdo, corresponde a la Secretaría de Finanzas, a través de la Dirección de Licencias e Inspecciones. Agrega que las autoridades federales, estatales y municipales, en sus respectivos ámbitos de competencia, coadyuvarán con la dependencia para la observancia de las disposiciones establecidas.

Advierte que el incumplimiento del presente acuerdo se sancionará con multa de mil a 2 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, y suspensión preventiva de la actividad comercial de bebidas alcohólicas hasta por un plazo de 90 días y, en su caso, la revocación de la licencia de funcionamiento.

Puntualiza que el acuerdo permanecerá vigente hasta que las autoridades sanitarias determinen la inexistencia de las circunstancias extraordinarias que motivaron su expedición.



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