Demandas laborales podrán realizarse luego de la cuarentena

Una vez que el departamento de conciliación y arbitraje reabra, aquella persona de desee realizar un procedimientos puede iniciar con los tramites correspondientes.

Noemí Calderón Jiménez y Daniel López Hernández, quienes son parte de la firma “Calderon-Lopez Abogados”, especialistas en asuntos laborales, dieron a conocer que desde el pasado 20 de marzo la Junta de Conciliación y Arbitraje emitió un decreto donde señalaban suspensión de labores hasta el próximo 20 de abril, con posibilidad de que se extienda este periodo.

Demandas laborales podrán realizarse luego de la cuarentena

¿Qué significa que no corren los tiempos? se les preguntó.

Daniel López señala que una vez que el departamento de conciliación y arbitraje reabra, aquella persona de desee realizar un procedimientos ya sea ex empleado o empresa, puede iniciar con los tramites correspondientes.

“No se va tomar en cuenta la fecha de despido, al contrario, este será tomado desde el momento en que se levanta el acta, por cuestiones de tiempos que marca la ley federal del trabajo”, apuntaron.

Dieron a conocer que esto va enfocado a lo establecido dentro de los artículos que van del 516 al 519 de la ley federal del trabajo.

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