Discutirán en el Congreso la ley para aprobar defensa propia

La propuesta ampararía a víctimas de delitos que al defenderse maten al delincuente

Legalizar o no la inocencia del homicidio de un presunto delincuente en el momento de que la víctima sea atacada, es el dilema en el que se encuentra la 62 Legislatura del Congreso local, ahora que discuta la iniciativa de reformar al Código Penal propuesta por la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional.

Discutirán en el Congreso la ley para aprobar defensa propia

La propuesta de atenuar el homicidio en caso de que una persona se defienda ante un “malhechor” ha causado polémica en el Congreso del Estado. Propuestas de este tipo ya han sido aprobadas por estados como Nuevo León.

Recientemente e Partido Acción Nacional presentó en la sesión de la Comisión Permanente la una iniciativa de reformas al Código Penal de Tabasco para que en legítima defensa, las personas puedan lesionar o matar al agresor o agresores sin que por ello sea castigado como delito contra la víctima.

La propuesta de reforma presentada por la diputada del PAN, Solange Soler Lanz, fue turnada a la Comisión de Seguridad Pública y Procuración de Justicia, donde se dictaminará para que ser agendada y baje el pleno en el periodo de sesiones.

Propuso que en la fracción II apartado B del artículo 14 del Código Penal de Tabasco se establezca como concurrentes “los requisitos de legítima defensa, respecto de aquel que cause un daño, lesión o prive de la vida a quien a través de la violencia, del escalamiento o por cualquier otro medio trate de penetrar sin derecho a su hogar o sus dependencias, a los de su familia, o los de cualquier persona que tenga el mismo deber de defender o al sitio donde se encuentren bienes jurídicos propios o ajenos de los que tenga la misma obligación, o bien cuando lo encuentre en algunos de esos lugares, en circunstancias tales que revelen la posibilidad de una agresión”.

Actualmente el Código Penal de Tabasco menciona la posibilidad de legítima defensa, pero no prevé el supuesto de que el ofendido al hacer uso de ella pueda infringir lesiones o privarle la vida al agresor.

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La iniciativa señala que es evidente que una persona que infrinja lesiones o prive de la vida a un agresor en su domicilio puede ser inculpado por un delito, “encontrándose en estado de indefensión puesto que la ley no le permite, ante un temor fundado o miedo grave, actuar en defensa propia y de los suyos”, refirió.

La justificación de la propuesta de implementar esta Ley en el estado, es debido al alto índice delictivo a que se enfrenta la sociedad, pero se encuentra en estado de indefensión ante esas agresiones donde puede perder la vida las personas inocentes.

Algunos diputados han coincidido en que se debe aprobar esta iniciativa y otros más consideraron que no es posible darle un “sí” a reformas que buscan regresar al “ojo por ojo y diente por diente” o a la ley “del garrote”.

La coordinadora del PAN, Solange Soler Lanz refirió que se dé la aprobación pues se busca contrarrestar la dinámica de la violencia e inseguridad que sufre en país.   

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 En tres estados han logrado regular sus códigos penales 

Ante el incremento de la inseguridad en el país, al menos tres Estados han regulado sus códigos penales y en otros siete se analizan modificaciones para que los ciudadanos puedan ser amparados por ley en caso de lesionar o matar a quien allane su casa.

La ampliación de la figura legal de legítima defensa que se ha propagado en los últimos dos meses es una respuesta populista ante la incompetencia de los gobernantes para reducir los índices delictivos, han alertado expertos en seguridad y organizaciones que se oponen a los cambios en la norma.

El primero en regular la legítima defensa fue Nuevo León.

El Código penal establecía que cualquiera que “rechazara” o “dañara” al agresor que allanara su casa —por ejemplo, un ladrón—, no incurría en ningún delito.

A finales de mayo, el Congreso local aprobó añadir dos nuevos supuestos, “lesionar” y “privar de la vida”.

El código detalla ahora que cualquiera que dañe, lesione, o incluso mate a un asaltante será igualmente inocente. El segundo Estado en adoptar esta medida fue Baja California Sur.

El 21 de junio, tras argumentar que la inseguridad se ha incrementado en la entidad, los diputados realizaron modificaciones legales para que los ciudadanos no sean encarcelados en caso de recurrir al exceso de fuerza en defensa de su vida, su patrimonio o su familia.

En la iniciativa se argumenta que es necesario darle al ciudadano más seguridad en la forma en que será tratado en caso de ocasionar daños al repeler un ataque.

“Si el Estado no tiene la capacidad de otorgarle (al ciudadano) la vigilancia y la defensa por parte de los cuerpos policiacos, debe darle la garantía de apoyarlo en las consecuencias de los actos no dolosos que pudiera ocasionar durante su defensa”, se expone en el documento.

En Guanajuato los diputados locales aprobaron el pasado 29 de junio modificaciones a su Código Penal para que el habitante de una propiedad no sea castigado por las lesiones y la muerte que llegase a causar a quien allane su casa.

“La legítima defensa no es una licencia para matar ni de venganza”, justificó la presidenta de la Comisión de Justicia del Congreso local, Arcelia González.

“El tema de legítima defensa es que con lo que tengas a la mano te puedas defender y no vas a estar imputado por homicidio”, declaró a un medio local. 








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