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09/04/201807:19 p.m.Autor: Zentella M.Fuente: DIARIO PRESENTE

Prolifera en Tabasco la venta de certificados falsos


Circula en redes sociales la venta de títulos y certificados apócrifos a costos bajos y aseguran que se trata de un trámite “confiable”.

Villahermosa, Tabasco.- A través de redes sociales circulan publicaciones, desde cuentas personales en grupos abiertos, de usuarios en la que ofertan certificados de secundaria, preparatoria y títulos universitarios de procedencia ilícita en el estado de Tabasco, ya que estos documentos no están avalados por la Secretaria de Educación del mismo.

Los vendedores ofrecen los documentos con un costo desde los mil 500 hasta los 300 pesos, “rápido y sin contratiempos”, aclarando que el documento sólo servirá para buscar trabajo y que son ilegales ante la SEP.

Este tipo de publicaciones alcanzan más de las cien reacciones y comentarios, la mayoría de ellos, interesados en adquirir uno de estos documentos.

Los requisitos que solicitan los vendedores de documentos apócrifos para que los interesados puedan obtener alguno de los certificados son: fotos infantiles en blanco y negro, copia del INE y anticipo de 50 por ciento. Asimismo, da la “ventaja” de entrega a domicilio para los que radiquen en la ciudad.

Tocar el tema de educación en el estado y en el país es tan delicado como hablar de economía, salud o los energéticos. Actualmente en la modalidad de secundaria y/o bachillerato en plan flexible o “abierto”, ofrecen terminar estudios en dos, seis o dieciocho meses como máximo...

De acuerdo al Código Penal del estado de Tabasco, se establece en el capítulo II, artículo 319 menciona que se impondrá prisión de seis meses a tres años y multa de noventa a doscientos días al que falsifique o altere los sellos, marcas, llaves, estampillas, troqueles, cuños, matrices, planchas, contraseñas o boletos oficiales. Mientras que en el título decimotercero que habla sobre el delito contra la veracidad o autenticidad documental, el capítulo uno que abarca falsificación de documentos, estipula en su artículo 321 que se aplicará prisión de seis meses a tres años y multa de noventa a ciento ochenta días al que, para obtener un beneficio o causar un daño emita un documento público no auténtico.

En el capítulo III encontramos sobre la usurpación de profesión y el artículo 320 menciona que se impondrá prisión de uno a tres años o de noventa a ciento ochenta días de trabajo en favor de la comunidad a quien se atribuya públicamente el carácter de profesionista, sin serlo, y ofrezca públicamente sus servicios como tal, o realice actividades propias de una profesión sin tener la correspondiente autorización legal.

Los vendedores de este tipo de documentos apócrifos se anuncian con gran “amabilidad” hacia sus clientes, a quienes para generar un ambiente de confianza, los llaman sus “amigos”.



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