Promulgada la 'ley antipirataje' en Diario Oficial
Contempla cárcel a quien conduzca unidades sin permisos o ilegales
Se publicó en el periódico oficial del Gobierno del Estado la “Ley Antipirataje”, la cual determina sanciones penales que van desde los 6 a los 10 años para aquellos que conduzcan unidades del transporte público que no cuentan con permisos y autorización.
En su momento, el Poder Legislativo refirió que con esta reforma se da un paso contra la delincuencia, garantizando a los usuarios del transporte público, un servicio seguro y en óptimas condiciones, además que se otorga seguridad y certeza jurídica a los titulares de concesiones y permisos.
De acuerdo a la Ley Antipirataje, se explica que será sancionada al que por sí o por interpósita preste el servicio de transporte público de pasajeros en cualquiera de sus modalidades sin contar con la concesión, autorización o permiso de la autoridad.