Rentas al 50% durante emergencias
En ese tenor se propone consolidar un punto medio, en el cual, ni el arrendador se vea afectado por la falta de pago, ni el arrendatario por cubrir el 100% del valor de la renta”
Que cuando se declare contingencia o declaratoria de emergencia los arrendadores de negocios permitan que los arrendatarios solo paguen un 50 por ciento por la renta del mismo, con la finalidad de que puedan enfrentar la crisis derivado de estos eventos.
“Hemos observado que muchos de los diversos efectos económicos que ha venido provocando esta pandemia, encontrando entre los principales el cierre inminente de las negociaciones, ante la imposibilidad de poder pagar los compromisos contractuales adquiridos como lo es el pago de renta, teniendo en cuenta que en esta problemática hay una dualidad de personas afectadas”, apuntó.