Se amplía “Mes del Testamento” en Jonuta

Notarios promueven la certeza jurídica para que las familias hereden con seguridad

En el mes de septiembre y octubre, estado y Colegio de Notarios, promueven la certeza jurídica para que las familias hereden con seguridad.

Se amplía “Mes del Testamento” en Jonuta

Con maestría y doctorado en derecho el informante labora en la notaría pública número uno, cuyo titular es el notario, Jorge Sánchez Brito, entrevistado por diario Presente manifestó que el “Testamento es el acto por el cual una persona dispone para después de su muerte de todos sus bienes o de parte de ellos”.

Como lo venimos haciendo desde hace muchos años, la campaña Septiembre, mes del testamento, una alianza entre el Gobierno del Estado y el gremio de Notarios Públicos, para promover entre las familias la certeza patrimonial y la cultura de la prevención de conflictos”, aseveró.

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El también presidente del Colegio Nacional de Ciencias Jurídicas asociación civil señaló que, durante esta campaña de promoción de la certeza jurídica en los meses de septiembre y octubre, se realizan aproximadamente el 60 por ciento de los testamentos que se registran en todo el año.

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“Como notario buscamos formas para seguir ayudando a la sociedad, démosle una amplia difusión a esta campaña de septiembre, mes del testamento, para que siga siendo exitosa”, expresó.

El entrevistado, recalco que la campañaSeptiembre, mes del testamento”, se ha consolidado año con año en nuestro estado; fomentando la conciencia y el heredar con responsabilidad. Por eso invitamos a la ciudadanía pasar a la notaria publica número uno, para atenderlos con un horario de 8 de la mañana a las 4 de la tarde de lunes a sábado”, puntualizó.

Los requisitos para otorgar testamento público abierto son los siguientes:

1. Llenar una solicitud.

2. Tener 17 años cumplidos.

3. Estar en pleno uso de sus facultades mentales.

4. Manifestar su voluntad claramente.

5. Si el testador lo desea, puede elaborar una relación de los bienes que va a dejar en herencia y su ubicación. Estos datos no son necesarios si se nombra a un heredero universal.

6. Proporcionar sus datos generales: nombre(s); apellidos paterno y materno; fecha y lugar de nacimiento; nacionalidad: estado civil y, en caso de ser casado, determinar bajo qué régimen patrimonial (sociedad conyugal o separación de bienes); ocupación; y domicilio actual.

7. Presentar copia de su acta de nacimiento.

8. Presentar original y copia de una identificación oficial con fotografía y firma:

Pasaporte;

Certificado de Matricula Consular;

Cartilla del servicio militar;

Licencia de conducir;

Otras.

 9. Proporcionar los nombres de los padres, cónyuge, e hijos (incluso si han fallecido), y sus fechas y lugares de nacimiento.

10. Comunicar el nombre de la persona que designará como albacea.

11. Cubrir el pago de derechos correspondientes en la forma y cantidad que señale la Ley Federal de Derechos.



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