Se deben cumplir requisitos para denunciar maltrato animal y atenderse este con apego a derecho
• FGE informa de los requerimientos legales para iniciar una carpeta de investigación en esta materia
La Fiscalía General del Estado de Tabasco informa que, si un animal es objeto de actos de crueldad y maltrato, o incluso se le da muerte, este hecho puede ser investigado y sancionado, de acuerdo a lo establecido por el Código Penal para el Estado de Tabasco, la Ley para la Protección y Cuidados de los Animales en el Estado de Tabasco y demás ordenamientos jurídicos aplicables.
De ser posible, se debe documente el incidente, a fin de tener evidencias que posteriormente se presenten ante la autoridad, pudiendo dar parte de forma inmediata al Ayuntamiento municipal y/o directamente mediante querella ante el Centro de Procuración de Justicia de la localidad donde ocurren los hechos.
También, de ser factible, se deben presentar testigos que acrediten el hecho y brindar las facilidades para las investigaciones, a fin de cumplir con lo establecido en la citada ley especial en su artículo 6, que a la letra señala: “…toda persona individual o colectiva que maneje animales tiene la obligación de proporcionar la información que le sea requerida por las autoridades competentes”.
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Es vital que, de acudir ante el Fiscal del Ministerio Público, el dueño o denunciante acredite su personalidad, y si la mascota es suya, evidencias que corroboren la propiedad.
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De igual forma, se deberá permitir el acceso al cuerpo del animal, a fin que éste sea valorado por el médico veterinario adscrito a la Dirección de Servicios Periciales, cuyo fin es buscar, obtener, preservar y analizar, conforme a los principios y métodos técnico-científicos apropiados, los indicios y pruebas tendientes al esclarecimiento de los hechos.
La legislación mencionada establece que, se consideran actos de crueldad y maltrato animal que deben ser sancionados: el causarles la muerte utilizando cualquier medio que prolongue la agonía o provoque sufrimiento; torturar o maltratar a un animal por maldad, brutalidad, egoísmo o negligencia grave; y causarle lesiones físicas por cualquier medio, así sea por culpa, negligencia, imprudencia y dolo, salvo los casos de excepción previstos en otras leyes, y normas oficiales mexicanas.
Es por ello que, para alcanzar una sanción penal se requiere el desarrollo de distintas diligencias con las que se buscará llegar a la verdad legal de lo ocurrido, sustentada en elementos de prueba obtenidos de forma legal. Todo esto para la ejecución del debido proceso, respetando la presunción de inocencia de los involucrados en la carpeta de investigación.
En conclusión, para lograr el objetivo final de la intervención de esta autoridad y siendo este un delito cometido en agravio de la sociedad, existen distintas salidas que prevé la ley con las que se podrán sancionar los hechos ilícitos, dependiendo su ejecución de una autoridad judicial, llámese Poder Judicial.