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08/11/202106:17 p.m.Autor: RedacciónFuente: Agencias

Sedec y Salud emiten medidas extraordinarias para el Buen Fin


Las siguientes medidas extraordinarias seran aplicadas durante el periodo del 10 al 16 de noviembre de 2021

“El Buen Fin” es un esfuerzo público-privado que busca impulsar la economía, fomentar el consumo y llevar beneficios a las familias mexicanas, su propósito es reactivar la economía promoviendo el consumo interno para mejorar la calidad de vida de las familias mexicanas.

En su edición 2021 a diferencia de ediciones anteriores, se prolongará más allá de una fin de semana, con el objetivo de evitar aglomeraciones en tiendas bajo el contexto de la pandemia, se llevará a cabo del miércoles 10 al martes 16 de noviembre, fechas en las que diversas tiendas y establecimientos comerciales brindarán descuentos y más beneficios.

Por lo cual la Secretaría de Salud en conjunto con la Secretaría para el Desarrollo Económico y la Competitividad del Gobierno del Estado de Tabasco nos brindan las siguientes medidas extraordinarias:

1. Establecimientos cuyos giros han sido considerados esenciales.

Abasto y suministro de alimentos y artículos de primera necesidad: abarroteras, supermercados, tiendas de autoservicio, tiendas de conveniencia, tiendas de abarrotes, central de abasto, mercados, tortillerías, panaderías y venta de mayoreo de envases, empaques e insumos para el sector alimenticio {servicio a domicilio) y demás de similar naturaleza.

2. Establecimientos cuyos giros y actividades no son considerados como esenciales.

Comercio en general: venta de electrodomésticos y línea blanca, mecerlas, tiendas de telas, mueblerías, tiendas especializadas, joyerías, perfumerías, zapaterías, papelerías, librerías, tiendas de artículos escolares, distribuidoras de material para oficina y demás de similar naturaleza; así como plazas, centros comerciales y tiendas departamentales.

Restricciones: En caso de que los establecimientos referidos, implementen promociones comerciales durante el periodo comprendido del 10 al 16 de noviembre del presente año, únicamente podrán realizar la publicidad correspondiente, a través de medios electrónicos; en el caso de publicidad

impresa, ésta deberá ser colocada dentro del establecimiento y sin vista al exterior, la publicidad deberá ser retirada después del día 16 de noviembre de 2021.


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