Concluyen el 31 de enero los incentivos fiscales en predial y agua para este mes

Desde el 2 de enero se beneficia tanto a contribuyentes cumplidos como a los que tienen rezagos; el Cabildo de Centro aprobó que podrán pagarse en parcialidades los adeudos de años anteriores

Concluyen el 31 de enero los incentivos fiscales en predial y agua para este mes

El próximo miércoles 31 de enero concluirá el periodo para la aplicación de incentivos fiscales contemplados para este primer mes del año en el pago del impuesto predial y los derechos por consumo de agua, al igual que del pago en parcialidades de adeudos de años y bimestres anteriores, en ambos conceptos.

En la última Sesión Ordinaria de 2023 el Cabildo de Centro aprobó el Programa de Incentivos Fiscales en estos conceptos para el primer trimestre de 2024.

Descuentos

En impuesto predial para los contribuyentes cumplidos: personas físicas tendrán un 20 por ciento de incentivo en enero, aplicando en todas sus cuentas prediales; personas morales y/o jurídico colectivas: un 15 en enero, siempre y cuando estén al corriente en sus pagos hasta el ejercicio fiscal 2023, adjudicado en un máximo de ocho cuentas prediales, de las cuales acredite su propiedad.

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Para adultos mayores y personas con discapacidad cumplidos: el 50 por ciento, debiendo estar al corriente en sus pagos hasta el ejercicio fiscal 2023; tener 60 años cumplidos presentando original y copia de credencial del INAPAM o INE vigente; en el caso de personas con discapacidad, mostrar identificación oficial vigente y el documento que acredite la existencia de la discapacidad, expedida por una institución pública de Salud, DIF Estatal o Municipal, o contar con su CRENAPED, en un máximo de dos cuentas prediales.

En cuanto a contribuyentes con rezagos: personas físicas tendrán incentivo del 60 por ciento hasta el 31 de enero en recargos, gastos de ejecución y multas, aplicando a todas las cuentas prediales; en personas morales y/o jurídico colectivas: 50 por ciento en enero aplicando a ocho cuentas prediales, acreditando su propiedad y pagando la totalidad del adeudo; en adultos mayores y personas con discapacidad, el 50 por ciento a dos cuentas prediales; y 65 por ciento en recargos, gastos de ejecución y multas también a dos cuentas prediales, acreditando la propiedad.

En derechos de agua potable, los contribuyentes cumplidos en consumo doméstico: personas físicas tendrán el 20 por ciento debiendo estar al corriente en su pago del último bimestre facturado de 2023, el cual aplica a todos sus contratos; a personas morales y/o jurídico colectivas en consumo comercial, público e industrial, el 15 por ciento de incentivo y aplica a cinco contratos.

Para adultos mayores y personas con discapacidad en consumo doméstico, el 50 por ciento de incentivo y estar al corriente en su pago del último bimestre facturado, aplicando a un máximo de dos contratos.

A los contribuyentes con rezagos, personas físicas y con uso doméstico: el 20 por ciento en consumo de agua de bimestres anteriores y el 60 por ciento en recargos y actualizaciones; a personas morales y/o jurídico colectivas, de uso comercial, pública e industrial, el 10 por ciento por consumo de bimestres anteriores y el 50 por ciento en recargos y actualizaciones.

En adultos mayores y personas con discapacidad, en consumo doméstico el 50 por ciento por consumo de agua, cuota fija de alcantarillado, consumo de bimestres anteriores, recargos, actualizaciones y aplica a dos contratos.

  • En este orden, el pago en parcialidades de adeudos de años anteriores y bimestres anteriores en impuesto predial en el mismo periodo definido, es pago por ejercicio fiscal y aplica a todas las cuentas pagando la totalidad del ejercicio fiscal; en derechos de agua de consumo doméstico, comercial e industrial es pago por seis bimestres, aplicando a todos los contratos y pagando la totalidad de los seis bimestres.



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