El Nuevo horario para las bebidas alcohólicas
Las dos de la madrugada es el nuevo límite para la venta de bebidas alcohólicas en envase abierto en los diversos establecimientos que operan en Tabasco
Villahermosa, Tab.-
HORARIO
Las dos de la madrugada es el nuevo límite para la venta de bebidas alcohólicas en envase abierto en los diversos establecimientos que operan en Tabasco, señala el acuerdo administrativo de la Secretaría de Finanzas del gobierno estatal publicado en el periodico oficial este sábado.
- La medida entra en vigor desde mañana domingo hasta el próximo 31 de diciembre.
Las discotecas podrán vender cervezas y licores todos los días de ocho de la noche hasta las dos de la madrugada del día siguiente; bares y bar con presentación de espectáculos de dos de la tarde a dos de la madrugada del siguiente día.
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- Restautantes, restautante-bar, incluyendo hoteles y moteles, así como los bares de éstos de las nueve de la mañana a las dos horas del siguiente día.
- Los hoteles así como moteles en servicio a cuarto y servibar de nueve de la mañana a dos de la madrugada.
Lo mismo los centros de espectáculos y salones de baile.
En el caso de los casinos, club deportivo, desarrollos turísticos y recreativos de diez de la mañana a dos de la madrugada del día siguiente.
Antes de la entrada en vigor de este acuerdo, las discotecas podían vender bebidas alcohólicas hasta las cuatro de la madrugada y en los bares y demás establecimientos hasta las tres.
En el acuerdo del gobierno de Javier May, firmado por el secretario de Finanzas, Julián Romero, se señala que la reducción de horarios se debe a que
"A altas horas de la madrugada los lugares con mucha concurrencia se convierten en sitios vulnerables que generan un entorno propicio para que los delincuentes lleven a cabo la comisión de hechos delictivos que provocan disturbios en la sociedad".
En el acuerdo se señala que queda temporalmente suspendido a los licenciatarios el otorgamiento de ampliación de horarios de funcionamiento.
"El incumplimiento del presente acuerdo se sancionará con multa de quinientas a mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización y clausura temporal hasta por un plazo de sesenta días", agrega.