La nacionalidad de un humano nacido en la Estación Espacial Internacional

Jus soli vs. jus sanguinis . La nacionalidad suele determinarse de dos maneras: jus soli, el derecho de suelo, y jus sanguinis, el derecho de sangre

La nacionalidad de un humano nacido en la Estación Espacial Internacional

¿Bebés en el espacio?

Los astronautas son personas muy aplicadas que pasan por exhaustivas pruebas físicas y psicológicas antes de viajar a la Estación Espacial Internacional (ISS), pero los meses se hacen largos ahí arriba.

Imaginemos que la amistad entre dos astronautas se estrecha en el espacio. O que una astronauta decide saltarse la cuarentena en las noches previas a su vuelo.

Avancemos nueve meses e imaginemos un escenario que nunca ha ocurrido: el nacimiento de un ser humano en la ISS. Es una idea que plantea muchas incógnitas. Éticas y biológicas, pero también legales. ¿Qué nacionalidad tendría el bebé? ¿Sería un ciudadano del espacio?

  • Lo que dicen los acuerdos espaciales internacionales.  El Tratado del Espacio Exterior de 1967 establece que cualquier objeto lanzado al espacio sigue bajo la jurisdicción del país que lo ha puesto en órbita. En el caso de la ISS, esto podría interpretarse como que cualquier nacimiento en una sección específica de la estación se consideraría bajo la jurisdicción del país que controla esa sección. Hay un pequeño problema.
  • La ISS es una colaboración multinacional que involucra, por ahora, a cinco agencias espaciales: la NASA (Estados Unidos), Roscosmos (Rusia), JAXA (Japón), la Agencia Espacial Europea y la Agencia Espacial Canadiense. Sin embargo, la estación está dividida en dos secciones: el segmento ruso, operado por Rusia, y el segmento estadounidense, operado por la NASA en colaboración con el resto de agencias. ¿Significa esto que el bebé sería ruso o estadounidense, dependiendo de la sección donde naciera? Y si naciera en el módulo estadounidense, ¿no sería también japonés, europeo y canadiense? Y entonces, ¿de qué país de Europa sería?
Jus soli vs. jus sanguinis . La nacionalidad suele determinarse de dos maneras: jus soli, el derecho de suelo, y jus sanguinis, el derecho de sangre.

En el primer caso, la nacionalidad se adquiere por el lugar de nacimiento, mientras que en el segundo, se hereda de los padres. Dado que la ISS no pertenece a ningún país en particular, sería poco probable que se aplicase el jus soli.

La opción más probable sería que se utilizase el jus sanguinis, otorgando al niño la nacionalidad de uno o ambos padres, dependiendo de las leyes de sus países.

Así lo contempla, por ejemplo, la legislación española. Al igual que muchos otros países europeos, España aplica el principio de jus sanguinis, el derecho de sangre, como criterio principal. Las personas nacidas de padre o madre españoles son españolas, independientemente de su lugar de nacimiento. Un niño nacido de al menos un padre con nacionalidad española en la ISS tendría derecho a la nacionalidad española (pero no es una sugerencia para los astronautas Pablo Álvarez y Sara García, que son fantásticos y muy formales).




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