LOS CÓDIGOS EN EL TIEMPO

El código escrito más antiguo es el CODIGO DE UR-NAMMÚ

Los códigos, del latín “codex”, son cuerpos  de leyes que forman un sistema completo de legislación, sobre alguna  materia:  El código civil, el código penal, el código de comercio, etc. El código escrito más antiguo es el CODIGO DE UR-NAMMÚ, del que se conservan tablillas en el Museo de Antigüedades Orientales  en Estambul y que fue escrito en el 2060 A.C.

Ur-nammú fue un general sumerio que estableció la III dinastía de Ur,  en el antiguo Irak, y dedicó sus esfuerzos a unir a las ciudades de la Mesopotamia y a una intensa labor de reformas en la administración y construcción de infraestructura,  con la creación de un cuerpo de leyes, el CODIGO UR-NAMMÚ basado en la reparación económica de los daños que tenía como fin aunar los criterios legales en todo su territorio y garantizar el buen funcionamiento de la economía, con lo que creó un largo período de prosperidad.

Las Leyes de Eshnunna, de 1930 AC  es una compilación de normas hallada en la ciudad estado de Eshnunna y que contiene  más de 50 artículos escritos en  “arcadio”. Incluyen impuestos, reglas sobre alquileres, salarios, préstamos, esclavos, relaciones familiares y derechos de propiedad.

El Código de Hammunrabi, escrito en 1760 AC y creado por el rey homónimo de Babilonia, y del que existen estelas en el museo del Louvre, en Paris, es uno de los códigos más completos de la antigüedad, y se basa  en la aplicación de la “ley del talión”

Hammunrabi mandó a poner estas leyes,  talladas en piedra,  en las plazas públicas y en las entradas de las ciudades de su reino, escritas en  términos llanos para que el pueblo la conociera,  entendiera,  y respetara. En una de las estelas del museo del Louvre, aparece el Dios de la justicia  Shamash, entregando las leyes a Hammunrabi. Estas normas, escritas en piedra, representaban la supremacía jurídica, que ni el propio rey podía modificar, y su aplicación pasó a jueces, despojando de esta función  a los sacerdotes, que las ejercían hasta entonces.

La  “Leyes de Manu”, en la India, según el texto, fueron dictadas en la más remota antigüedad  por el sabio MANU, que en el hinduismo es el antepasado común de toda la humanidad, y que muchos historiadores sitúan el tiempo en que fueron escritas en diferentes fechas, que giran alrededor del siglo III AC

Las Leyes de Manu, contienen 2648 versos, divididos en 18 capítulos, que presentan reglas y códigos de conducta que deben ser observados por los individuos y la sociedad, un sistema de cuatro castas y las etapas de la vida.

“La mujer debe ser protegida por el padre, los hermanos, el esposo. Se le debe proveer comida, buena ropa, adornos y mantenerla contenta. Si el hombre quiere conseguir prosperidad y felicidad, nunca debe hacer sufrir a una mujer”. Este es uno de los mandatos de las Leyes de Manu.

La Ley de las XII Tablas o Ley de la Igualdad Romana (Lex Duodecim Tabularum) fue promulgada en Roma en el 451 AC. El Senado de Roma envió a Grecia una comisión de 10 magistrados (decemviros) para conocer la legislación del gobernante griego  Solón inspirada por el principio de igualdad ante la Ley, y posteriormente nombró otra comisión  integrada por 10 patricios  (decemvirato) para que la redactara, escribiéndola en doce tablas  que fueron colocadas en el Foro, para que todo el pueblo las conociera.

 La Lex Paetelia Papiria promulgada en Roma en el 326 AC, abolió la responsabilidad personal sobre deudas, que hasta entonces existía, prohibiendo el encadenamiento, la venta como esclavo y el derecho a dar muerte por deudas, estableciendo que la responsabilidad del deudor no recae en su persona, sino únicamente en su patrimonio.

Tristemente nuestros legisladores, en la mal llamada  “reforma financiera”, en un acto de corrupción y servilismo a los bancos extranjeros, retroceden más de dos milenios en nuestros derechos y reestablecen la responsabilidad personal para que los bancos puedan arraigar e incluso encarcelar por  deudas a los tarjetahabientes deudores y embargar bienes cuando los propios bancos tengan algún temor de que el deudor pueda dilapidarlos. (Continuará)