OPINIÓN

Comentarios jurídicos
07/10/2025

Diferencia entre el juicio civil y el juicio penal (II)

Un juicio penal llega por la vía del fiscal del ministerio público

Esto es así porque la potestad punitiva se hace valer precisamente  al momento en que se presenta una denuncia o una querella ante esa autoridad.

Hay delitos que se persiguen de oficio y son aquellos que se consideran graves según el Código Nacional de Procedimientos Penales, como: los delitos cometidos contra la sociedad, entre ellos la Delincuencia Organizada, Secuestro, Robo Agravado, Robo a la Nación, Robo de combustibles Feminicidio, Homicidio Calificado; los delitos familiares como la Violencia de género. También las lesiones graves, intento de homicidio. O de tipo sexual  como la violación, la pederastia, e incluso  algunos  Delitos fiscales, etc...

Entonces, cuando el Ministerio Público tiene conocimiento de esos delitos, reúne pruebas, y las lleva ante el juez de control realizando razonamientos para demostrar la presunta participación de una o más personas en la comisión  del delito. Es entonces cuando el Ministerio  Público se convierte  en el acusador, y la parte ofendida, en víctima, y el o los acusados según la etapa en que va evolucionando el juicio, reciben el nombre de investigado(s).

Cuando ya inicia la etapa de la investigación, y el Ministerio Público continúa  su exposición del delito y la conducta delictuosa imputada, la persona o personas se convierten en imputados.

En la etapa de imputación el Ministerio Público acusa y describe los hechos que para el son los que constituyen el cuerpo del delito. El juez tiene que deliberar si esa conducta puede constituir algún delito, y si le da la razón al Fiscal, entonces sujeta a proceso al imputado.

Es en esta etapa que el sujeto imputado tendrá ahora la oportunidad  de iniciar su defensa, y demostrar su inocencia  o sus razones y aquí, en esta etapa, el juez fija cuánto tiempo durará la investigación, pudiendo ampliar los plazos si la ocasión lo amerita, o si hay algún recurso de apelación o amparo pendiente de resolverse...

La apelación y el amparo, son recursos de defensa o impugnación a que las partes tienen derecho.

Cerrado el plazo de recepción de pruebas, el juez abre el juicio de desahogo de pruebas y al final, una vez que estas han sido desahogadas, un Tribunal las valorara y dicta la sentencia que corresponda.

En el entendido que la Sentencia que emitan será impugnable a través del recurso de apelación y del Amparo Directo...

Estas son las etapas que pasa el juicio Penal.

Compare las diferencias con las del Juicio Civil.

Y no olvide que hay conductas  que solo son Civiles, otras que solo son Penales y algunas que se pueden llevar en ambas vías Y otras que dependen de una declaración civil primeramente. También existen asuntos penales que dejan consecuencias jurídicas civiles.

De esos ejemplos hay muchos y da mucho tema para seguir comentando.





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