Desconcierto: elecciones, democracia y género

Desconcierto: elecciones, democracia y género

Las próximas elecciones del 2018, como ninguna otra, estarán sometidas a los tribunales. Nuevas leyes, más competencia, dudosas interpretaciones, confusiones varias y hasta improvisaciones, llevarán a los actores a buscar en los magistrados la última palabra. Aunque no la más justa.

Tomemos un caso. Muchas dudas generó un rápido análisis a las modificaciones al Artículo 41, Base 1, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y Artículo 3, numeral 1 de la Ley de Partidos Políticos, sobre paridad y género, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el 15 de febrero de 2017.

Las supuestas ventajas que ofrece la aplicación de la principal fórmula del mecanismo en la selección de candidatos a legisladores locales y federales, incluidos alcaldes y regidores, se redujeron a interrogantes y acrecentaron el interés por hacerlo público.

Miren ustedes. Queda entendido que cuando compite un hombre y una mujer al mismo cargo en cualquier partido político, el proceso de elección inicia desde que se apuntan y desarrollan las precampañas internas; cuyos resultados se desconocen y por lo tanto, de un total de determinadas fórmulas, no se sabe cuál de los dos géneros resultará ganador…

Precampañas que en la lógica de cumplir con el mandato del INE, no podrán omitirse; aunque cabe la posibilidad que internamente los partidos impongan a sus candidatos; probabilidad que se antoja difícil por los desacuerdos y fracturas que pudieran crearse al interior de los partidos, y cuyos riesgos creo que tratarán de evitar.

Sin embargo, los resultados de las precampañas como un ejercicio electivo y auténticamente democrático no podrán destruirse ni sustituirse si el organismo electoral pidiera cambiar los candidatos cuando llegue al momento de registrarlos como abanderados formales a cualquiera de los puestos de elección popular; incluidos los y las aspirantes a alcaldías y regidurías.     

Particularmente la Ley Electoral del Estado de Tabasco, en los artículos 175 y 176 establece las precampañas internas como una parte formal del proceso electoral.

Esto nos lleva a la siguiente pregunta: ¿se puede invalidar el ejercicio democrático de seleccionar candidatos aplicando la fórmula de paridad de género con abanderados ya definidos y aprobados por partidos y militantes? Luego del desgaste político realizado, los recursos económicos y los acuerdos internos alcanzados al interior de los partidos.

Ya ocurrió en las elecciones del 2015, cuando el Consejo Electoral del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco  (IEPCT) rechazó a muchos candidatos por no cumplir la disposición de paridad y género, y obligó a los partidos a cambiar y registrar candidatos de última hora. Demasiados enredos que llevaron a otra forma de imposición que pareciera hacernos creer que los asuntos de género no pasan por la democracia.

Esperemos que tanto el INE como el IEPCT arreglen este error de la Ley, y definan correctamente el momento exacto en el que se aplicará la fórmula durante el proceso de selección de candidatos. En el entendido que existen dos tiempos: el primero es la precampaña y elección interna, y la segunda es la postulación y el registro de la candidatura.

Como se publicó en este mismo diario: la certeza y claridad deben ser cualidades de la ley. ¿O seguirá dejándose el espacio para negociar la ley?

POSTDATA

Siempre es una buena noticia saber que es abierto algún centro de cultura, de enseñanza, de instrucción pública. Con más razón todavía cuando esto ocurre en zonas indígenas o marginadas. La reducación es una herramienta contra la desigualdad. El jueves reciente el gobernador Arturo Núñez inauguró la Unidad Académica de Villa Vicente Guerrero, Centla, como parta de la Universidad Intercultural de Tabasco. Las diez aulas, un centro de cómputo, una biblioteca y las oficinas administrativas, fueron puestas en servicio durante un acto al que acudieron también la profesora Martha Lilia López y el titular de Educación Ángel Solís.