Judicialización, ¿un alto en la campaña de Morena?

Judicialización, ¿un alto en la campaña de Morena?

Desde que inició el actual proceso electoral en Tabasco, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ha estado muy activo resolviendo inconformidades presentadas por diversos actores políticos de la entidad. No será la única etapa del proceso en la que se presentarán recursos legales ante el órgano federal.

En el caso de Tabasco las inconformidades han llegado a la sala regional en Xalapa y hasta la Superior en la Ciudad de México. Esto ante las inconformidades sobre los resolutivos emitidos por la autoridad electoral local.

El pasado 23 de mayo del presente año, el TEPJF resolvió recursos interpuestos contra diversos acuerdos aprobados por el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT), y el Tribunal Electoral de Tabasco relativos a los registros de convenios de candidatura común registrado por Morena y el Partido del Trabajo (PT), a los cargos de presidente municipal y diputados locales; así como contra el registro de las candidaturas al gobierno del estado, postuladas por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), y también por la coalición Juntos Haremos Historia. Las inconformidades fueron presentadas por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), y registrado bajo el expediente SUP-JRC-66/2018.

La Sala Superior dejó intacto el acuerdo relativo a los candidatos a gobernador por el PRI y la coalición Juntos Haremos Historia.

No así en lo relativo a las candidaturas comunes para presidentes municipales y diputados locales. En donde ordenó modificar la sentencia impugnada por diversas consideraciones.

El TEPJF estimó que tanto el Tribunal local como el IEPCT, indebidamente validaron el registro de un convenio de candidatura común que, en realidad, constituía una coalición porque se postulan más del 25 por ciento de candidaturas en un mismo proceso electoral y, además, viola el principio de uniformidad, al permitir la existencia de coaliciones distintas en un mismo proceso.

EL TEPJF determinó que le asiste la razón al PRD cuando afirma que una coalición y una candidatura común no pueden ser registradas bajo la misma denominación en una misma contienda electoral, pues con ello se generaría incertidumbre y dificultad para que el electorado identifique con facilidad qué partidos integran cada una de ellas, particularmente si las conforman algunos de los mismos institutos políticos.

El TEPJF ofrece dos opciones a Morena y PT. Seguir participando bajo la figura de candidatura común, mediante el cual solo podrán inscribir el 25% de las candidaturas a diputaciones y presidentes municipales. En los lugares en donde no acuerden la candidatura común podrán postular candidaturas de forma individual.

Una segunda opción es que se vayan en coalición en las candidaturas mencionadas, en base al ya firmado para gobernador. El Tribunal ofreció a los partidos políticos involucrados un plazo de diez días para cumplir con la sentencia.

Por lo que una vez que sean notificados los partidos estos deberán entrar en un diálogo para acordar cuál será la vía por la que darán cumplimiento al mandato del tribunal. Sin embargo, uno de los líderes de Morena ha señalado que su partido no moverá a ninguno de sus candidatos comunes, aunque no especificó quiénes serán los que permanecerán, y será el PT quien se alinee a esta decisión.

Esta decisión de la dirigencia de Morena abre una ventana de oportunidad al PT para que registre sus propios candidatos en los lugares en que no vaya en conjunto con  Morena. La otra opción que se les ofrece el Tribunal ni la mencionan.

Todos los actores políticos deben cumplir con la ley para evitar percances futuros. La judicialización de la elección está en marcha.

Preocupa, sin embargo, que el TEPJF espere hasta ya avanzada las campañas para emitir sus resolutivos. Mucho deberá revisarse en la ley para que las revisiones sean oportunas, menos costosas y no afecten al derecho de los ciudadanos a conocer las opciones electorales.