Humillante

Humillante

La revocación de mandato en el entramado de la democracia contemporánea es un instrumento jurídico por el cual la sociedad en el tiempo prudente de una gestión ejecutiva decide por voluntad popular si continúa o se invalida la autoridad al presidente, pero que en México no se incorporaba al texto constitucional este derecho de decidir ante la mezquindad del régimen monolítico de perpetuarse.

Aun cuando en este país hasta ahora el Congreso de la Unión, en el ámbito del senado, aprobó la inserción de una eventual separación del cargo, del presidente de la República y gobernadores, por incumplimiento a su gestión, resulta cuestionable que esta no se hubiese establecido como un decreto de naturaleza republicana sino que se impuso el requisito que la hace inviable.

Reconociendo el trascendental avance la posibilidad de cancelar la rectoría ejecutiva, federal y/o estatal, por el hecho de que no respondan al interés social, no procede establecer un requisito de apoyo del tres por ciento,  el triple respecto del uno por ciento para quien de manera independiente pretenda postularse como candidato presidencial; representa un obstáculo a esta consulta ciudadana que debería aplicar por natural obligación, dada a la voluntad popular.

Para ponerlo en datos duros, de los 89 millones 920 mil 363 ciudadanos registrados en el listado nominal, con corte al cuatro de octubre de este 2019, del Instituto Nacional Electoral, encomendado a organizar la consulta por la revocación, en el escenario de llevarse a cabo a esta fecha  debería haberse reunido 2 millones 697 mil 610 firmas  de apoyo  en el lapso de mes y medio, entre el uno de noviembre y el 15 de diciembre de 2021, fecha esta cuando deberá hacerse la solicitud pasado los tres años de gestión del presidente o en el caso del gobernador.

Una incoherencia legislativa que se le estipule 45 días para solicitar una consulta de revocación tenido que acopiar semejante cantidad de apoyo del electorado, mientras que el artículo 371 Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece 120 días en el caso de quienes aspiran a ser candidatos presidenciales independientes para recabar 899 mil 203 firmas requeridas, si fuese el caso en este momento.

En palabras sencillas, el ejercicio de consulta ciudadana para remover o no a un gobernante no es sino un auténtico fraude social, al hacerla imposible de implementar su realización, por así convenir al mezquino interés de los representantes de la voluntad popular, senadores y diputados.

Una traición al espíritu del propósito genuino del Presidente de México y a los mexicanos, quienes han cargado con el lastre de corrupción, un quebranto económico y social desde sexenios anteriores, un descarado robo al patrimonio nacional dejando en la marginación precisamente a un país sumido en la pobreza absoluta, por la situación de no otorgar la oportunidad a las colectividades que aquí cohabitan de decidir una revocación del gobernante.  

Aunque se alegue mecanismos de seguridad institucional, no tiene explicación lógica convincente que se haya votado una reforma política en la cual se pone en tela de juicio la rectitud de compromiso, ético y moral, por quienes representan el interés social y de estado.

La cancelación del mando a la autoridad del gobernante para ya no continuar en el cargo al traicionar el incumplimiento del bienestar común fue un compromiso  promovido durante campaña, refrendada luego por el presidente Andrés Manuel López Obrador en su mensaje posterior a haber juramentado al cargo, aquel uno de diciembre de 2018 ante la soberanía nacional.

“Me someteré a la revocación del mandato porque deseo que el pueblo siempre tenga las riendas del poder en sus manos. En dos años y medio habrá una consulta y se les preguntará a los ciudadanos si quieren que el presidente de la República se mantenga en el cargo o que pida licencia, porque el pueblo pone y el pueblo quita, y es el único soberano al que debo sumisión y obediencia”.

Un compromiso que en la redacción definitiva de la reforma política  esencialmente en el artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos, que en una “chicanada” por sí misma traicionera al país será validada por los diputados federales y finalmente por cuando menos 17 de los 32 congresos locales; entonces se habrá concretado.

Llegado el momento de que se promulgue en el Diario Oficial de la Federación, el precepto no será por decreto como debiese corresponder en congruencia democrática sino para que se dé esta consulta ciudadana se establecen una serie de procedimientos previos muy complejos, literalmente imposibles de cumplir.

En palabras del senador independiente Emilio Álvarez lcaza, “la revocación de mandato parece una simulación, pues se han puesto muchos “peros” para lograrlo”

Aún así, el Presidente de México, Andrés Manuel López obrador, tiene la facultad constitucional para vetar esa reforma vinculantes al tema de la revocación de mandato, con el propósito de enmendar la plana en el Congreso de la Unión, para que establezca este ejercicio democrático de voluntad popular por decreto, sin traba alguna.

No debe permitirse la consumación de un acto de deslealtad con el que se estaría transgrediendo un derecho soberano que por décadas se le ha negado a los mexicanos, aprisionándole voz y voto...  “porque el pueblo pone y el pueblo quita”.

Bitácora

Los legisladores de Morena y el PRI en el Congreso de la Unión, quienes votaron en pro de una revocación inviable, se deben al interés social.

eduhdez@yahoo.com