Y… «No Traicionar»

Sería un acto publicano de sensatez dejar sin efecto las reformas a las Leyes Electorales recién aprobadas por el Legislativo castrando al Árbitro

Sería un acto publicano de sensatez dejar sin efecto las reformas a las Leyes Electorales recién aprobadas por el Legislativo castrando al Árbitro, facultado por  mandato constitucional para organizar las elecciones para renovar por voluntad popular a las Autoridades Públicas de Gobierno, Federales y Locales. El Ejecutivo, quien presentó la originaria Iniciativa, insatisfecho dejó entrever la posibilidad del veto, no publicándola en el Diario Oficial de la Federación antes de que el Judicial la revoque.

El Régimen de Gobierno autodenominado de la «Cuarta Transfiormación» no estaría dispuesto a que el Pleno de los 11 Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por unanimidad se pronuncien en su contra, otorgando razón a la diversidad de Acciones de Inconstitucionalidad, y en el caso del INE la controversia. 

El Gobierno de la República no se puede permitir una vez más ser visibilizado por el depositario del Control de Constitucional que sobe este entramado imparte justicia, otorgando la razón a quien la tenga, 

En el ámbito de lo electoral no se puede exponer a una exhibida como cuando el Congreso de Baja California modificó el artículo octavo transitorio constitucional emanado de su Reforma de 2014, en el que se inscribió que el gobernante electo en junio de 2019 asumiría el cargo por 2 años, cuando el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación aún no había resuelto las impugnaciones, razón por la que aún no se tenía por concluido el proceso local, transgrediendo el artículo 105 federal, al pretender extender el período de gobierno local a 5 años. 

La sentencia remitida por la Corte el 11 mayo de 2019 sobre la #LeyBonilla, que entre otros calificativos le declaró como fraudulenta la intención de Jaime Bonilla, deberá ser tomada en consideración para no caer en un yerro similar.

En el contexto de la Acción de Inconstitucionalidad se anticipa una segura revocación al Decreto de Reforma a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la de Partidos Políticos, a la General de Medios de Impugnación, entre otras vinculantes, sería una exposición mayúscula, con una mácula que le perseguirá.

Organizar las elecciones del 2 de junio de 2024 con un Instituto Nacional Electoral castrado de los Principios Rectores de «Certerza, Legalidad, Independencia, y Máxima Publicidad» sería per se contraria a la democracia y peligroso en la coyuntura de una renovación macro, federal y locales en las 32 entidades estatales.  

Aún más teniendo en cuenta que al Árbitro se le castra también del Servicio Profesional Electoral Nacional que data de 1990, para el efecto de reclutar mediante convocatoria, capacitar y evaluar al personal para cumplir con la función pública organizando votaciones en armonía con los Principios Rectores, en el que se incluye a partidos políticos y candidaturas. 

   

Los Diputados del Congreso de la Unión acostumbrados a la «Obediencia Ciega» incumplieron con la práctica parlamentaria de analizar y corregir lo que ameritaría modificar con coherencia. Sin embargo, el afán por votarla omitió el procedimiento de su absoluta responsabilidad. En el Senado, Ricardo Monreal, presidente de la Junta de Coordinación Política, advirtió sobre la evidente irresponsabilidad. 

No por un relativo abaratamiento de las votaciones en la sinrazón se le pretenda dejar vegetativo al Árbitro Electoral, con el consecuente riesgo de una absoluta barbarie con cargo a un polarizado colectivo social.

Bajo este paraguas el Ejecutivo debe declarar el veto de las reformas a las Leyes Electorales Secundarias, evocando a los ideales de sus antecesores Benito Juárez y Francisco I. Madero, respectivamente ambos líderes de las Leyes de Reforma y de Revolución Mexicana, la segunda y tercera transformación del país que ahora preside por la voluntad popular mayoritaria de un 53.19 de los electores quienes emitieron su voto en julio de 2018.  

De la retórica de No tocar o Sí al INE se debe optar por conciliar entre las partes lo esencial del Régimen Interno de México como un país democrático, una característica consagrada en el artículo 40 constitucional.

eduhdez@yahoo.com